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La juventud atraviesa dificultades para independizarse. En España, la edad media de emancipación se sitúa en torno a los 30 años, según Eurostat. Por eso, no es descabellado encontrar casos en los que los hijos se ven obligados a volver a vivir con sus padres.

Sin embargo, existe la oportunidad de que estos jóvenes puedan pedir el Ingreso Mínimo Vital (IMV) para que puedan tener un nuevo impulso en su independencia.

Para ello, deberán cumplir varios requisitos acorde con la Ley 19/2021 del Ingreso Mínimo Vital. Además, deberán tener en cuenta que la solicitud se hará para toda la unidad familiar, por lo que no podrán presentarla a título individual teniendo solo en cuenta la situación del solicitante.

Requisitos para pedir el Ingreso Mínimo Vital

De esta forma, el Instituto Nacional de la Seguridad Social computará los ingresos, rentas y patrimonio neto de todos los integrantes de la vivienda, es decir, de padres e hijos de forma aglutinada. El objetivo es determinar si la unidad de convivencia se encuentra en situación de vulnerabilidad.

Por otro lado, la Ley exige que el hogar esté constituido con todos sus integrantes durante al menos los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud. En otras palabras, el hijo o hija en cuestión deberá llevar por lo menos medio año viviendo con sus padres antes de poder optar al IMV.

¿Por qué no es posible pedirlo individualmente?

El artículo 10.2 de la Ley del Ingreso Mínimo Vital deja claro que para que un joven de entre 23 y 29 años pida la ayuda a título individual, debe haber vivido en un domicilio diferente al de sus progenitores durante los dos años anteriores a la solicitud.

Si el solicitante regresa a la casa de sus padres, ya no cumpliría con la condición de haber mantenido un domicilio independiente durante los dos años inmediatamente previos a la petición.

En el caso de los mayores de 29 años, el mismo artículo exige haber vivido emancipado durante al menos el año anterior a la solicitud de la prestación.

No obstante, existen varias excepciones al respecto.

Las excepciones para pedir el Ingreso Mínimo Vital

La Ley recoge hasta tres excepciones en sus artículos 4.1 y 10.2. Estas permiten evadir estos requisitos de haber vivido al menos durante un tiempo de forma independiente:

  • Mujeres víctimas de violencia de género, de trata de seres humanos o explotación sexual.
  • Personas en trámites de separación, divorcio o desahucio.
  • Jóvenes de entre 18 y 22 años procedentes de centros residenciales de protección de menores o que hayan sido liberados de prisión.