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El Pleno del Congreso de los Diputados ha rechazado este viernes 2 de octubre los dos reales decretos ley sobre vivienda presentados por el Ejecutivo de Pedro Sánchez. La alianza del Partido Popular, Vox y Junts abre un escenario que no descarta el adelanto electoral al 29 de noviembre como primera fecha estipulada.

Como consecuencia directa de esta derogación, el paquete de medidas sociales y los incentivos fiscales previstos no entrarán en vigor. La caída de ambos decretos deja sin efecto la deducción estatal extraordinaria en el IRPF que el Ministerio de Vivienda pretendía aplicar a los propietarios que rebajaran o mantuvieran el precio del alquiler.

Sin embargo, el régimen fiscal no depende únicamente de la norma estatal, sino también de la capacidad tributaria de las Comunidades Autónomas. Al no salir adelante, decae la bonificación propuesta del 10%, aunque se mantienen vigentes las deducciones autonómicas en el tramo regional del impuesto.

El intento del Ejecutivo a través del 'Decreto Maricarmen' pretendía introducir un incentivo fiscal directo en la cuota estatal del IRPF. Asimismo, la propuesta rechazada buscaba compensar a los caseros que ajustaran sus rentas a los índices de precio fijados por la administración.

Al haber decaído la iniciativa gubernamental este 2 de octubre, todas estas medidas fiscales estatales quedan completamente descartadas. El régimen tributario nacional recupera la legislación previa y vuelve al marco ordinario de la Ley del IRPF, anulando la rebaja proyectada por la coalición del Gobierno.

Así quedan las deducciones por Comunidades Autónomas

El mapa de incentivos varía en función de la región: Madrid permite desgravar un 30% a menores de 40 años (hasta 1.237,20 €), Canarias alcanza un 24% (máximo 740 €), Galicia fija un 10% ampliable al 20% con hijos (máximo 600 €), Andalucía desgrava un 15% (hasta 1.200 €) y la Comunidad Valenciana oscila entre el 20% y el 30% (hasta 1.100 €).

Por su parte, Cataluña desgrava un 10% (hasta 300 € o 600 €) y Extremadura llega al 30% en zonas rurales, mientras que Asturias, Castilla-La Mancha o Castilla y León ofrecen deducciones del 15% al 30% enfocadas en jóvenes y municipios en riesgo de despoblación. En Euskadi y Navarra, bajo régimen foral, se sitúa entre el 15% y el 30%.

Las condiciones de acceso obligan a cumplir de manera estricta las exigencias fijadas por cada Hacienda autonómica. Resulta imprescindible disponer de un contrato formalizado, abonar las rentas por canal bancario y certificar el depósito obligatorio de la fianza en el organismo de vivienda correspondiente.

Asimismo, los contribuyentes deben respetar los límites de renta e ingresos fijados en sus territorios. En el caso de los propietarios, la caída del decreto anula el beneficio estatal extraordinario, pero preserva las reducciones habituales del rendimiento neto sobre el capital inmobiliario en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

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El rechazo del 2 de octubre devuelve al mercado la previsibilidad del marco ordinario, dejando la política fiscal de vivienda en manos de los gobiernos autonómicos mientras incrementa la incertidumbre sobre un adelanto electoral a decidir por Pedro Sánchez.

Aunque la deducción estatal del decreto ha decaído definitivamente, la desgravación del IRPF en el alquiler continúa vigente en toda España a través de la vía regional.