Paula Bolinaga
Publicada
Las claves

Las herencias en España son un tema delicado, no solo por la tristeza que rodea la gestión de este trámite, sino también por la angustia que supone hacer frente a los impuestos que conlleva dicha herencia.

De esta manera, David Jiménez, abogado experto en herencias, desveló el procedimiento a llevar a cabo para que los herederos no tengan que hacer frente a los impuestos sucesorios.

Así, el abogado desmintió que exista una cláusula específica que poner en el testamento para librar a los herederos de este mal tributario, pero sí señaló que existe una manera de hacer esto mucho más fácil y eficiente.

¿Cómo funciona esto?

Jiménez señaló que para evitar que los herederos pongan de su propio dinero para pagar las deudas del fallecido o impuestos sucesorios, "lo pagamos con todas las cuentas del fallecido, fondos de inversión, etcétera que tenía", señaló.

Recalcó que este procedimiento es completamente legal y que "el reglamento del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y el Banco de España tienen resoluciones que así lo dicen".

"Hay que hacer un trámite, un procedimiento, pero se puede hacer sin ninguna cláusula mágica ni rollos de estos" , sentenció el experto agregando que "si lo que te preocupa es realmente que luego tus herederos puedan pagar los impuestos de la herencia, si tú tienes dinero en tu cuenta corriente, fondos de inversión, etc., van a poder hacerlo".

Teniendo esto en cuenta, Jiménez hizo énfasis en que "las herencias hay que planificarlas". Sobre todo señaló que es preciso "planificar bien el coste que va a tener, cómo lo voy a pagar, el coste de los impuestos", y todos estos factores que luego tendrán que gestionar los herederos.

¿Cómo puedo hacer esto?

Para utilizar el saldo de las cuentas del fallecido en el pago del Impuesto sobre Sucesiones y tributos derivados, se debe acreditar la condición de heredero ante la entidad bancaria mediante certificado de defunción, últimas voluntades y testamento o declaración de herederos.

Asimismo, se aportará la propuesta de autoliquidación, como el Modelo 650. Con ello, se solicita al banco que emita una transferencia o cheque nominativo a favor de la Administración Pública por el importe exacto de la deuda tributaria.

Este dinero se destina íntegramente al organismo correspondiente sin pasar por las manos de los herederos, permitiendo a la entidad bancaria cumplir con su función y evitar su responsabilidad subsidiaria ante Hacienda.