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Las claves

A partir del 1 de septiembre la Seguridad Social tiene previsto implementar un cambio drástico: eliminar las notificaciones físicas por correo postal. Este cambio, sobre todo, afectará a aquellas personas que se encuentren de baja médica que reciben estas cartas con actualizaciones.

La idea detrás de esto es agilizar el proceso burocrático; sin embargo, genera una mayor angustia para el trabajador porque ahora estas notificaciones llegarán a través de la Sede Electrónica y, de ser ignoradas, se consideran rechazadas.

Así, la asesora laboral de Celdrán & Muñoz Asesores, Elena García Celdrán, publicó un vídeo en redes sociales explicando todas las pesquisas de este cambio y consejos para sobrellevar esta transición digital.

"Cuidado si estás de baja médica, a partir del 1 de septiembre de 2026, la Seguridad Social ya no enviará las notificaciones a tu domicilio y podrás consultar tus notificaciones a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social", comenzó expresando García Celdrán.

Ahora bien, para acceder a esto es preciso contar con una identificación electrónica, "como puede ser el certificado digital o clave permanente", especificó la experta.

Para hacerse con la clave permanente, es preciso registrarse en el sistema Cl@ve mediante videollamada, carta postal, la aplicación de Cl@ve, DNI electrónico o presencialmente.

Mientras que el certificado digital puede solicitarse con vídeo identificación, presencialmente, utilizando el DNI electrónico o con el dispositivo móvil en la Sede Electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Además de contar con estas identificaciones, García Celdrán recalcó que "es muy importante tener bien comunicado el teléfono y el correo electrónico a la Seguridad Social porque por uno de estos medios te avisarán de que tienes notificaciones en la Sede Electrónica".

Por otro lado, advirtió que "si no tienes aún identificación electrónica, hazte una, ya que si la Seguridad Social te envía la notificación y pasan 10 días y aún no lo has abierto, se entenderá por notificada y rechazada". Por otro lado, una vez se abre la notificación se cuenta con 10 días para contestarla.

"Este plazo empieza a contar desde que abres la notificación, no desde que la recibes, que esto puede generar mucha confusión", añadió la joven experta laboral.

Esta idea de hacer una transición al mundo digital, viene impulsada por un deseo de simplificar y agilizar los trámites burocráticos. Además de esto, la Seguridad Social busca incorporar a ciertos colectivos por fases.

De esta manera, aquellas personas que se encuentren en una situación de incapacidad temporal y permanente, deben tener actualizados sus datos de contacto en la Seguridad Social para recibir el aviso de una notificación pendiente y que la entidad no la interprete como rechazada.