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Las claves

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la modificación del artículo 32.3 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero. Y aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas y bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.

La principal novedad del texto es que recupera el plazo de seis días naturales para la comunicación de las bajas y de las variaciones de datos de los trabajadores.

Se trata de una petición desarrollada por el Consejo General de Graduados Sociales de España ante el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y la Tesorería General de la Seguridad Social.

Mejora

Los graduados sociales estiman que el cambio (antes eran tres días) supone una mejora tanto para los profesionales como para las empresas y para la propia Administración.

“Hemos defendido esta propuesta con argumentos técnicos, con datos y con la experiencia que nos proporciona el ejercicio diario de nuestra profesión", afirma Joaquín Merchán Bermejo, presidente del Consejo General.

Recordemos que la reducción del plazo de seis a tres días naturales fue introducida mediante el Real Decreto 708/2015, que entró en vigor el 26 de julio de 2015.

Y la justificación que se dio entonces fue lograr una mayor simplificación y uniformidad en la gestión de los actos de encuadramiento de empresas y trabajadores en los distintos regímenes de la Seguridad Social.

Sin embargo, la experiencia acumulada durante más de diez años de aplicación de esta modificación “puso de manifiesto que dicho objetivo no se había alcanzado”, concluyen desde el consejo.