Son muchas las preguntas que surgen tras los incendios forestales que está sufriendo España. Por eso, Unespa, la asociación empresarial del seguro, ha elaborado un documento en el que da respuesta a las mismas.
“Las aseguradoras indemnizarán los daños producidos”, afirman portavoces de Unespa. Pero matizan: “Los importes desembolsados no podrán superar en ningún caso el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato”.
Es decir, del llamado ‘capital asegurado’ o ‘suma asegurada’. Hablamos de la cuantía máxima que pagará la aseguradora por los daños que se han producido en un bien.
“En el caso de los edificios con varios inmuebles, hay que considerar el capital asegurado de la póliza de la comunidad de propietarios, por un lado; y el que figura en cada uno de los seguros de hogar o comercio de los propietarios de la comunidad, por otro”, concretan.
Y hay otro dato que debe ser muy tenido en cuenta: las aseguradoras cubren los daños causados por incendios a personas y bienes asegurados (inmuebles, vehículos…). Pero los incendios “no son eventos que se encuentren bajo el ámbito de cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)”.
Seguros en caso de incendio
Los seguros de multirriesgos (vivienda, comunidad de propietarios, comercio e industrias) incluyen la cobertura frente a incendio y los derivados por el humo.
“Además, se cubren los gastos producidos por la extinción del fuego y las tareas posteriores”, apuntan desde Unespa. Es decir, la retirada de enseres, el desescombro, la reposición de documentos públicos que se hayan destruido como escrituras, DNI…).
¿Y qué seguros intervienen en caso de incendio? Son varios.
• Seguro del hogar: cubre los daños de continente del piso o chalet (paredes, puertas, ventanas…) y del contenido (muebles, electrodomésticos y enseres que hubiera dentro).
• Seguro de comercio: cubre los daños de continente del local (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (muebles, mercancías…).
• Seguro de la comunidad de propietarios: cubre los daños en la construcción (paredes, forjados, estructura…) y zonas comunes (portal, escaleras, ascensores, cuartos de instalaciones, jardines, piscina…), tanto de continente (paredes, puertas, ventanas… de las zonas comunes) como del contenido (mobiliario del portal, decoración de las zonas comunes…).
• Seguro de industrias: cubre los daños de continente del inmueble (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (máquinas, existencias…).
• Seguro de automóvil: aquellos vehículos con seguro a todo riesgo tienen cobertura frente a incendios. En los demás casos, hay que consultar en la póliza si se dispone de esta protección.
• Seguro agrario: las cosechas y cabañas ganaderas aseguradas afectadas por los incendios están cubiertas por Agroseguro.
• Seguro de vida y accidentes: si hay personas fallecidas y tenían un seguro de vida, su aseguradora indemnizará a los beneficiarios que hubiera designado en el contrato. Los seguros de accidentes indemnizan a los heridos.
• Seguro de responsabilidad civil: La policía judicial determinará a través de su investigación si existe algún tipo de responsabilidad relacionada con el inicio y propagación del incendio que pueda dar lugar a que intervenga algún seguro de responsabilidad civil adicional.
