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Las claves

El próximo 12 de agosto de 2026 será un día con bastante relevancia para la hostelería europea y no precisamente por el famoso eclipse solar.

Ese día comenzará a aplicarse de forma obligatoria una de las medidas más relevantes del nuevo Reglamento (UE) 2025/40 sobre envases y residuos de envases (PPWR), que endurece las normas sobre la seguridad química de los materiales en contacto con los alimentos.

A partir de esa fecha, bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos de comida para llevar no podrán utilizar envases que contengan determinadas sustancias químicas consideradas peligrosas por la Unión Europea.

Al tratarse de un Reglamento europeo, la norma es de aplicación directa en todos los Estados miembros, incluida España, sin necesidad de que cada país apruebe una ley específica para incorporarla a su ordenamiento jurídico.

Uno de los principales objetivos de la regulación es eliminar progresivamente las PFAS, conocidas popularmente como los 'químicos eternos'.

La UE vigila los envases en bares y restaurantes

Estas sustancias se han utilizado durante años para dotar al papel, el cartón y otros materiales de propiedades impermeables frente a la grasa y los líquidos, siendo habituales en envoltorios de hamburguesas, cajas de pizza, bolsas para bocadillos o recipientes de comida para llevar.

El problema es que las PFAS apenas se degradan en el medio ambiente y pueden migrar desde el envase hasta los alimentos. Por ello, el reglamento establece límites muy estrictos a su presencia y, en la práctica, obliga a sustituir estos materiales por alternativas libres de flúor sintético.

Además, la normativa mantiene la restricción sobre los metales pesados en los envases, fijando que la suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente no podrán superar los 100 miligramos por kilogramo.

Así, la nueva regulación tendrá consecuencias directas para el sector hostelero. Desde el 12 de agosto, servir una hamburguesa, una pizza o cualquier otro alimento en un envoltorio que incumpla los requisitos químicos podrá considerarse una infracción.

Por este motivo, los establecimientos deberán asegurarse de que los envases que adquieren cuentan con la correspondiente Declaración UE de Conformidad, acreditando que están libres de PFAS y cumplen la legislación comunitaria.

De ese modo, los fabricantes y distribuidores de envases también deberán adaptar sus catálogos, retirando los productos tratados con compuestos fluorados y apostando por nuevas soluciones basadas en ceras naturales, fibras tratadas mecánicamente o materiales de origen biológico capaces de ofrecer resistencia a la grasa sin recurrir a sustancias peligrosas.

Otro cambio importante afectará al consumo dentro de los propios locales.

La norma prohíbe el uso de numerosos envases monodosis de plástico de un solo uso, como las pequeñas tarrinas de leche para el café, mantequilla, ketchup, mayonesa u otras salsas. En su lugar, los bares y restaurantes deberán usar recipientes rellenables, aceiteras, vinagreras o dispensadores reutilizables.

Para los consumidores, la nueva normativa supone una mayor garantía de seguridad alimentaria.

Los envases que entren en contacto con alimentos como pizzas, hamburguesas, bocadillos o frituras deberán cumplir estándares químicos más exigentes, reduciendo la exposición a sustancias persistentes y favoreciendo un modelo más sostenible y con menos residuos plásticos.