Las claves
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El Gobierno ha decidido poner fin a una de las prácticas más controvertidas del sector energético: las llamadas comerciales no solicitadas por los clientes.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, una norma que prohíbe de forma general las llamadas "en frío" de las comercializaciones si el cliente no ha dado un consentimiento previo claro.
A partir de ahora, ese 'spam' será una infracción grave sancionable con multas millonarias.
Adiós al 'spam' telefónico
La nueva regulación establece que las eléctricas solo podrán llamar para ofrecer tarifas o cerrar contratos en dos supuestos: cuando el consumidor haya otorgado un consentimiento expreso o inequívoco.
Ese consentimiento puede ser marcando una casilla o solicitando información, o cuando sea el propio cliente quien inicie el contacto.
Asimismo, quedan prohibidas las campañas masivas dirigidas a potenciales clientes que no hayan autorizado previamente la comunicación, prácticas que pasan a considerarse agresivas y contrarias a la normativa de consumo y comercialización de energía.
El incumplimiento tendrá consecuencias severas. De acuerdo con la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC), competente para iniciar y resolver estos expedientes, las infracciones serán graves conforme al artículo 66.25 de la Ley 24/2013.
Las multas oscilarán entre 600.001 euros y seis millones de euros.
Además, cualquier contrato cerrado mediante una llamada comercial no autorizada podrá considerarse nulo, lo que refuerza la protección frente a cambios de tarifa confusos o contrataciones poco transparentes.
La norma también endurece las obligaciones de identificación: las compañías deberán acreditar de forma inequívoca la identidad del titular (DNI u otro documento equivalente) y dejar constancia verificable del consentimiento, ya sea mediante grabación o firma electrónica.
De igual manera, deberán respetar las preferencias del usuario, como las listas de exclusión o registros de oposición a llamadas.
Este movimiento responde a una presión social creciente y a las denuncias de asociaciones de consumidores por abusos reiterados: grabaciones ambiguas, "timotarifas" y contratos formalizados sin que el cliente entendiera realmente las condiciones.
El decreto se suma a la reciente Ley de Servicios de Atención al Cliente, que limita tiempos de espera y exige identificar las llamadas con prefijos específicos, y a la Ley General de Telecomunicaciones, que reconoce el derecho a no recibir comunicaciones comerciales no deseadas.
La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica, Sara Aegesen, ha defendido que el objetivo es "modernizar el sistema eléctrico", proteger a los consumidores y fomentar canales de captación más transparentes, como ofertas por escrito o medios digitales.
En la práctica, si una eléctrica llama sin autorización, el consumidor puede colgar, anotar la empresa y denunciar ante Consumo o la CNMC si la conducta se repite. Ahora, ese 'spam' puede salir muy caro.
