Entrada a la Audiencia Nacional, en Madrid, (España).- EP
Confirmado por la Audiencia Nacional: las empresas deben compensar los festivos que caigan en sábado
Miles de trabajadores afectados podrán reclamar los días festivos trabajados durante el último año, mejorando así la conciliación familiar, y el derecho a disfrutar de sus descansos.
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La Audiencia Nacional ha marcado un antes y un después en los derechos laborales en España con una resolución histórica. El tribunal declara ilegal la práctica empresarial de absorber o neutralizar los días festivos que recaigan en sábado.
Según el fallo, todas las empresas están obligadas a compensar con un día de descanso adicional aquellos festivos que coinciden directamente con el citado día.
“No tendría sentido que a los trabajadores a los que no les coincide el descanso con festivo en sábado puedan disfrutar de tal compensación mientras que a los que sí les coincide se les demore el día de compensación a criterio de la empresa y por un periodo indeterminado”, dicta la sentencia.
Esta medida beneficia enormemente a los empleados cuyo día de trabajo recae en esta jornada, evitando injustamente que pierdan sus merecidos días libres.
La sentencia responde a una extensa demanda de conflicto colectivo impulsada inicialmente por los sindicatos USO, CGT, UGT y CCOO, contra la conocida patronal del sector de telemarketing en España.
Los sindicatos anticipan que su impacto será totalmente extensible a todos los sectores laborales nacionales.
El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores es claro al establecer plenamente el derecho a disfrutar de catorce días festivos laborables anuales.
CCOO ha celebrado el fallo manifestando firmemente su postura, "Ninguna empresa puede recortar los catorce festivos anuales que marca la ley. Esta sentencia garantiza que el descanso semanal y los festivos son derechos totalmente diferentes que las compañías deben respetar de forma independiente".
La Audiencia Nacional cierra así un complejo vacío legal que dejó una sonada sentencia previa del Tribunal Supremo, en abril de 2025.
Aquel fallo del Supremo garantizó la justa compensación de festivos solapados con descansos de lunes a viernes, pero inexplicablemente no mencionó los sábados laborales.
Desde el sindicato USO, su actual secretaria de Acción Sindical, Sara García, ha celebrado públicamente la resolución judicial como un avance histórico y profundamente transformador.
"Los catorce festivos anuales deben disfrutarse plenamente por todas las personas trabajadoras, independientemente de su jornada habitual", ha declarado.
García recalca que esta valiosa y nueva jurisprudencia elimina de raíz cualquier tipo de confusión previa generada por sentencias anteriores de distintos tribunales de justicia.
Esta importante resolución judicial incluye un claro carácter retroactivo, obliga formalmente a compensar los casos de festivos trabajados que todavía no hayan prescrito legalmente.
Esto significa que miles de trabajadores afectados podrán reclamar los días festivos trabajados durante el último año, mejorando así la conciliación familiar y el derecho a disfrutar de sus descansos.
En la otra cara de la moneda, la Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente, patronal del sector, estudia recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo.
Las empresas argumentan que esta nueva obligación altera significativamente la planificación anual que las empresas establecen a principios de año y supondrá un incremento imprevisto en los costes de personal para los próximos ejercicios.