Yolanda Díaz.
Confirmado por el Estatuto de los Trabajadores: los menores de 18 años tienen prohibido trabajar de noche
La normativa prohíbe el trabajo entre las 22:00 y las 6:00 para proteger la salud, el descanso y el desarrollo de los jóvenes trabajadores
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La normativa prohíbe el trabajo entre las 22:00 y las 6:00 para proteger la salud, el descanso y el desarrollo de los jóvenes trabajadores.
La legislación laboral española deja marcados claros límites a la hora de abordar el empleo de los menores de edad. No se trata sólo de permitir o no trabajar, sino de fijar unas condiciones que garanticen su seguridad y desarrollo.
En este sentido, hay una norma que lo deja especialmente claro, los menores de 18 años no pueden trabajar en horario nocturno.
Así lo recoge el Estatuto de los Trabajadores, la principal referencia en materia laboral. En su artículo 6, dedicado específicamente al trabajo de menores, se establece esta prohibición con el objetivo de evitar riesgos innecesarios en una etapa especialmente sensible.
La norma considera trabajo nocturno el que se realiza entre las 22:00 y las 6:00 horas, una franja que queda completamente fuera del alcance de los menores.
Este tipo de limitaciones no son casuales. Responden a la necesidad de proteger tanto a la salud física como el bienestar emocional de los jóvenes de nuestro país.
Trabajar de noche puede alterar el descanso, afectar al rendimiento académico e incluso tener consecuencias a largo plazo.
Investigaciones señalan que mantener este tipo de horarios durante largos periodos se asocia con un mayor riesgo de fatiga crónica, ansiedad o depresión, reducción de la capacidad de atención y del rendimiento cognitivo .
Una de las referencias más claras es el estudio científico publicado en la revista médica Revista Española de Medicina Legal , elaborado por investigadores como María Teófila Vicente-Herrero.
Concluye que el trabajo nocturno está asociado a distintos problemas de salud, incluyendo alteraciones psicológicas y fatiga, además de otros riesgos a largo plazo.
Esta protección se complementa con otras leyes. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por ejemplo, obliga a las empresas a tener en cuenta la edad del trabajador a la hora de evaluar posibles riesgos. En el caso de los menores, esta evaluación debe ser especialmente rigurosa, precisamente por su mayor vulnerabilidad.
El marco legal español no prohíbe que los menores trabajen, pero sí deja claro que debe hacerse bajo condiciones muy concretas. Evitar el trabajo nocturno es una de las principales, y responde a una idea sencilla; proteger a quienes todavía están en pleno proceso de formación y crecimiento.