El cliente debe tener la posibilidad de salir del local con sus sobras en un recipiente apto para uso alimentario.

El cliente debe tener la posibilidad de salir del local con sus sobras en un recipiente apto para uso alimentario.

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Ya ha entrado en vigor: multas de hasta 4.000 euros para los bares que no faciliten envases para los restos de comida

Más allá del impacto económico directo, la ley persigue un cambio de hábitos sociales y empresariales.

Más información: Entra en vigor la ley del ‘tupper’ que obliga a restaurantes y bares a ofrecer las sobras

N.N.
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Desde hace más de un año, España cuenta con una ley específica para combatir el desperdicio alimentario que afecta directamente al modo en que comemos fuera de casa. Los bares están obligados a dar envases para la comida sobrante y, si no lo hacen, la multa podría ser cuantiosa.

Se trata de la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, una norma impulsada para reducir los millones de kilos de comida que se desperdician cada año.

El texto contiene obligaciones claras para los establecimientos de hostelería y, como no podía ser de otra manera, también un régimen sancionador para quienes no cumplan con ellas.

Uno de los artículos más prácticos de esta ley es el que obliga a bares, cafeterías y restaurantes a facilitar a sus clientes envases adecuados para que puedan llevarse la comida que ha sobrado tras el consumo en el establecimiento.

Según la propia exposición legal, esta medida forma parte de las obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria, que deben adoptar "medidas adecuadas para aplicar la jerarquía de prioridades en la prevención y reducción del desperdicio alimentario".

En la práctica, eso se traduce en que el cliente tenga la posibilidad de salir del local con sus sobras en un recipiente apto para uso alimentario, reutilizable o fácilmente reciclable.

Aunque inicialmente la ley fue recibida como una medida de cultura alimentaria —también conocida en algunos países como "doggy bag" o servicio de llevar sobras— con el paso del tiempo ha quedado claro que no ofrecer envases para las sobras cuando el cliente lo solicita puede comportar sanciones económicas.

Tipos de infracciones

El régimen sancionador de la Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario clasifica las infracciones en diversos grados según su gravedad.

En este marco, el incumplimiento de obligaciones como no facilitar envases adecuados puede ser considerado infracción, y como tal estar sujeto a multas.

Aunque los importes concretos dependen de la valoración de cada caso por parte de la autoridad competente, los medios y expertos legales han señalado que las sanciones por este tipo de incumplimiento pueden alcanzar cuantías de varios miles de euros, en torno a los 4.000 euros en determinados supuestos graves de falta de colaboración o incumplimiento persistente.

Cambio de hábitos

Más allá del impacto económico directo, la ley persigue un cambio de hábitos sociales y empresariales.

Los propietarios de bares y restaurantes han tenido desde la aprobación de la norma tiempo para adaptarse.

En muchos casos, la práctica ya es habitual y bienvenida por los clientes: un comensal que no termina su ración puede llevársela a casa sin discusión.

Pero para otros locales, especialmente los más pequeños o tradicionales, la obligatoriedad supone cambiar procedimientos en cocina y servicio.