Imagen de los familiares de Sandra Peña durante una manifestación. Sevilla
La Audiencia confirma el archivo de la causa contra el colegio por la muerte de Sandra Peña
La jueza Alaya señala que "no existe la relación de causalidad que permite la atribución del resultado de muerte" a los profesores del Irlandesas de Loreto.
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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado el archivo de la querella que los padres de Sandra Peña, la menor que se suicidó tras ser víctima, presuntamente, de acoso escolar, presentaron contra los responsables del centro Irlandesas de Loreto.
La decisión confirma así el pronunciamiento del pasado mes de mayo del juez de Instrucción número 7 de Sevilla, quien acordó el sobreseimiento de las actuaciones derivadas de la querella al considerar que "el colegio y sus responsables adoptaron medidas para combatir la situación de acoso, pero no les era exigible, de hecho nadie se lo esperaba, que controlaran a la menor en todo momento para evitar que se quitara la vida".
La magistrada viene a confirmar esta decisión e incide en que "no existe la relación de causalidad que permite la atribución del resultado de muerte a los profesionales del centro docente que no actuaron con la diligencia debida, al menos la relación de causalidad directa que se exige en Derecho Penal".
Tampoco se puede atribuir, según la jueza, a los querellados un delito de lesiones psíquicas o trato degradante por omisión impropia, referente al artículo 176 del Código Penal. "En el caso presente no podemos considerar que los integrantes del profesorado del centro educativo permitieran concretamente ninguna burla o mofa hacia Sandra", apostilla.
Además, el referido documento dicta que "ninguno de los querellados presenciaron o tuvieron concreto conocimiento de cuando se produjeron concretamente los insultos, las mofas o las burlas a Sandra Peña, por lo que es evidente que tales hechos concretos cada vez que se produjeron no pudieron impedirlos, argumento que se puede extender a las lesiones psíquicas".
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