Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. EuropaPress

Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla. EuropaPress

Sevilla

66 años de cárcel para un hombre que fingió ser menor en redes y engañó a 20 chicas para conseguir contenido sexual

La sentencia también le exige indemnización a cada una de las víctimas, con un total de 112.000 euros. 3.000 y 15.000 euros según el caso.

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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre a más de 66 años de cárcel por fingir ser un menor en redes sociales para "engañar" a unas veinte chicas también menores de edad y así conseguir vídeos y fotografías de carácter sexual.

Según la sentencia, el agresor, que operaba bajo una identidad falsa, simulaba ser un menor de unos quince o dieciséis años de nombre Damián o, en algunos casos, José. De los análisis de los archivos y conversaciones mantenidas se logró identificar a un total de 20 menores de entre 12 y 16 años.

La justicia lo ha condenado, además, a pagar una indemnización a cada una de las víctimas, con un total de 112.000 euros. 3.000 y 15.000 euros según el caso.

En su teléfono móvil se llegaron a localizar 15.119 archivos de contenido pedófilo entre los que se encontraban imágenes, vídeos y capturas de pantalla de los perfiles de las menores de edad en redes sociales.

Además, se localizaron los archivos generados gracias a una aplicación para efectuar capturas y grabaciones de pantalla en los casos en los que las que las interacciones se producían mediante videollamada.

El agresor localizaba y contactaba a sus víctimas en la red social 'Likee', iniciando conversaciones inicialmente inofensivas centradas en el intercambio de datos personales tales como nombre, edad, aficiones y otros aspectos similares.

Tal y como dicta la sentencia; "una vez generado este primer acercamiento y bajo el pretexto de profundizar en el conocimiento mutuo, solicitaba a las menores que le facilitasen su número de Whatsapp, así como su contacto en redes sociales y aplicaciones".

"Trasladaba esta comunicación a canales más directos en los que llegó a crear hasta siete perfiles falsos, creando un clima ficticio de confianza".

El agresor creaba así un escenario idóneo para que las víctimas creyeran que se comunicaban con otro menor de edad, posteriormente conducía el contenido de las conversaciones hacia un ámbito sexual, pidiéndole a las menores fotografías de dicho contenido.

Una vez que el agresor había recibido las imágenes, este les enviaba otras de la misma naturaleza que tenía almacenadas.

Al recibir los contenidos sexuales, "el acusado solicitaba a las menores conductas más específicas, llegando incluso a requerir el uso de diversos objetos cotidianos para la ejecución de tales actos".

Según el escrito, el condenado presenta un trastorno parafílico por pedofilia que "no supone un menoscabo de las capacidades cognitivas o volitivas".

Pese a que el reconocimiento de los hechos no se produjo de forma inmediata, el agresor prestó un "reconocimiento libre y veraz" colaborando finalmente con la Justicia.

De esta forma, la Sala ha condenado al encausado a algo más de 66 años por dos delitos de elaboración de material de abuso infantil, 14 delitos agravados de elaboración de material de abuso sexual infantil, cuatro delitos de exhibicionismo y provocación sexual, tres delitos de agresión sexual a menor de 16 años, un delito de embaucamiento y dos delitos de embaucamiento con la intención de obtener material de abuso infantil.

La Sala ha tenido en cuenta como factores atenuantes la drogadicción del acusado, que se valora de forma analógica, así como su confesión tardía durante el procedimiento judicial, lo que ha llevado a una reducción de la pena impuesta.