Una persona circulando en patinete eléctrico.

Una persona circulando en patinete eléctrico. EFE

Sevilla

Atención a los conductores de patinetes: desde este lunes no llevar chaleco reflectante o ir a más de 15 km/h será multado

La normativa comenzará a aplicarse dos días después de una nueva víctima mortal, un varón de 39 años.

Más información: Ya es oficial: los patinetes eléctricos no podrán aparcarse en aceras ni zonas peatonales en Sevilla desde hoy

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Las personas que acostumbran a desplazarse en patinetes por Sevilla capital podrán ser multados desde este lunes por superar la velocidad de 15 km/h en carril bici, no llevar chaleco reflectante, casco o aparcar en las aceras.

La normativa comenzará a aplicarse apenas dos días después de que el pasado sábado por la noche un hombre de 39 años fuera atropellado por un turismo, que acabó con su vida, tras un accidente en la avenida María Auxiliadora.

¿El objetivo? Reducir la siniestralidad. Más de dos personas ingresan al día en Urgencias del Virgen del Rocío por accidentes de patinete, según datos de la Consejería de Sanidad. Más de 3.000 desde el año 2012 cuando este medio de transporte se hizo más popular.

El texto de la nueva ordenanza indica, entre otras cosas, que se podrá circular por vías ciclistas de la ciudad con los patinetes cuya potencia nominal no exceda de 250 W, sin superar los 15 km/h, y reducirla a 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones.

Conforme a la normativa estatal, se mantiene la prohibición de circulación de los VMP (Vehículo de Movilidad Personal) por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos.

En ellos, estos vehículos no podrán ser ocupados por más de una persona y deberán disponer de alumbrado reglamentario.

Asimismo, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil, el certificado de circulación y deberán estar registrados en el registro de la DGT.

En lo que a las sanciones se refiere, el nuevo texto que impulsa el gobierno de José Luis Sanz contempla como sanciones leves estacionar en aceras, zonas peatonales, así como anclarlos a mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas.

En casos de infracciones más graves, está estipulado circular sin cumplir la edad mínima de 15 años, no utilizar el casco de protección obligatorio abrochado o chaleco reflectante y circular por vías ciclistas con un VMP cuya potencia exceda de 250 vatios.

Las multas oscilan entre los 50 a 100 euros de las infracciones leves, los 101 a los 200 euros de las infracciones graves y los 201 a 500 euros de las infracciones muy graves.

Estas sanciones, tal y como ha enmarcado el Ayuntamiento, mantienen la cuantía ya establecida, excepto el límite máximo de las sanciones muy graves, que pasan de 400 a 500 euros.

Este tipo de sanciones serían manipular el patinete o alterar sus características técnicas recogidas en el Manual de Características Técnicas.

Asimismo, el texto contempla la posibilidad de inmovilizar el patinete conforme a la ordenanza que regula el servicio municipal de grúa.

Tampoco podrán utilizarse auriculares, teléfonos móviles ni dispositivos de comunicación mientras se conduce, ni circular bajo los efectos del alcohol o drogas.

Con esta regulación, el Ayuntamiento busca mejorar la convivencia entre peatones, ciclistas y usuarios de patinetes, reforzar la seguridad vial y ordenar el uso de un medio de transporte que ha experimentado un crecimiento notable en los últimos años en la capital andaluza.