Una oficina de la Agencia Tributaria.

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Sevilla

Ya es oficial: la Junta de Andalucía confirma que puedes ahorrarte más de 1.000€ en la Renta de 2025

Las personas que sean propietarias de una vivienda habitual y que cumplan con los requisitos establecidos podrán beneficiarse de una deducción fiscal en su declaración de la Renta.

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Con la llegada de abril, en España comienza el período para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Este proceso, obligatorio para muchos contribuyentes, permite a la Agencia Tributaria conocer los ingresos y gastos del año anterior y, en su caso, regularizar las diferencias.

El plazo para realizar la declaración de la Renta comenzó el 2 de abril y finalizará el 30 de junio. Durante este período, debemos informar a la Agencia Tributaria sobre nuestros movimientos financieros del año pasado.

Este procedimiento es obligatorio para la mayoría de los ciudadanos españoles, aunque presenta diferencias según la comunidad autónoma en la que se realice. Cada región tiene requisitos específicos que pueden variar dependiendo de la zona en la que se efectúe el trámite.

En Andalucía, una de las situaciones en las que podrías recibir una devolución importante en tu declaración de la Renta es si eres propietario de tu vivienda habitual y has tenido algún gasto relacionado con ella que te permita aplicar deducciones fiscales.

En este caso, los residentes de Andalucía también tienen motivos para estar contentos, ya que la Agencia Tributaria podría devolverles más de 1.000 euros en su declaración de la renta por este concepto relacionado con su vivienda habitual.

Esta deducción está dirigida a aquellas personas menores de 40 años, un requisito que se ha actualizado para la declaración de la renta de 2025, y que deben tener unos ingresos específicos, también ajustados a las novedades de este año.

Esta deducción autonómica permite que algunos ciudadanos reciban una devolución extra por los gastos que hayan invertido en la adquisición de su vivienda, tal y como se detalla en la página de la Agencia Tributaria. Sin embargo, no todas las personas pueden aprovechar este beneficio, ya que existen ciertos requisitos específicos que deben cumplirse.

¿Cuáles son los requisitos? Según el portal Noticias Trabajo, en primer lugar, esta deducción está dirigida a personas menores de 35 años, así como a aquellos que hayan adquirido una vivienda de protección oficial, sin importar su edad. Es importante destacar que solo podrán aplicar esta deducción quienes residan habitualmente en Andalucía y utilicen la vivienda como su residencia principal. Según la normativa de Hacienda, se considera residencia habitual aquella en la que se reside más de 183 días al año.

Respecto a la cantidad, la deducción es del 3% para los menores de 35 años sobre el total de los pagos realizados en el año, mientras que aquellos que adquieran una vivienda de protección oficial sin cumplir esa edad pueden deducirse un 2%. La cantidad máxima sobre la que se puede aplicar la deducción es de 9.040 euros al año, lo que resulta en un posible ahorro fiscal de hasta 271,20 euros para los jóvenes y de 180,80 euros para los demás.

Es importante tener en cuenta que solo aquellos que adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013 y han venido aplicando la deducción en años anteriores pueden beneficiarse de esta deducción estatal. Por lo tanto, si se cumplen los requisitos tanto autonómicos como estatales, es posible obtener una devolución total que supere los 1.350 euros en la declaración de la Renta.