Fachada del Tribunal Constitucional./

Fachada del Tribunal Constitucional./ Efe

Sevilla

El Constitucional ampara a una profesora de la que abusó sexualmente un decano de la Universidad de Sevilla

El hombre, condenado a más de siete años, vio reducida su pena y ahora los jueces revisan esa decisión. 

8 abril, 2024 18:25

El Tribunal Constitucional ampara a una profesora de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Sevilla que sufrió "abusos sexuales continuados" por parte del entonces decano, según un escrito del propio estamento judicial. 

En 2016 el Juzgado de lo Penal de Sevilla condenó a Santiago Romero Granados, catedrático y decano de la facultad de Ciencias de la Educación de la Hispalense por "haber abusado sexualmente de tres profesoras" de dicho centro "de manera continuada", según un comunicado del TC.

En total se le condenó a siete años y nueve meses de prisión por estos hechos. Pero en 2016 la Audiencia Provincial de Sevilla le redujo la pena. ¿La razón? "Dilaciones indebidas en la tramitación" de la causa. 

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Ahora el Constitucional viene a corregir esa decisión, puesto que entiende que "lesiona" los intereses de una de las profesoras que sufrieron abusos. Así, la sentencia de la Audiencia Provincial dictó una sentencia "irrazonable" y que "carece de base legal". 

"En cualquier momento"

Esto es así, razona el TC, porque las víctimas de un delito "tiene derecho a denunciarlo en cualquier momento" con el único límite de la prescripción del mismo. Así, la dilación en este caso no se dio en la tramitación sino en cuándo llevó la mujer ante los tribunales. 

Además, señala el TC, los abusos se produjeron cuando el condenado era catedrático y decano. Era el jefe de las tres mujeres que sufrieron abusos. Añade el Constitucional que las víctimas acababan de iniciar su carrera profesional y que dependían del condenado para desarrollar su vida laboral. 

"La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla ignora por completo esta circunstancia y, como consecuencia de ello, soslaya las exigencias derivadas de
la aplicación de la perspectiva de género y la prohibición de discriminación por razón de sexo", añade el Constitucional.