Fachada del Ayuntamiento de Sevilla.

Fachada del Ayuntamiento de Sevilla. EP

Sevilla

El Ayuntamiento pagará 230.000 euros por la muerte de un anciano que se resbaló en la Plaza Nueva

El hombre, de 81 años, gozaba de buena salud hasta el accidente por un piso que no había sido tratado y era "deslizante".

12 enero, 2024 14:31
Sevilla

El Ayuntamiento de Sevilla tiene que pagar casi 230.000 euros a la familia de un vecino de la ciudad que se cayó en la Plaza Nueva y murió a los pocos días. Los hechos ocurrieron en 2018 cuando el hombre tenía 81 años.

La Gerencia de Urbanismo tendrá que hacerse cargo del pago, según ha determinado la Fiscalía de Sevilla en una sentencia que ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. 

El hombre, recoge la sentencia, sufrió un traumatismo craneoencefálico tras resbalarse en el mármol deslizante que hay en el suelo de la Plaza Nueva, algo que el TSJA considera una "deficiencia de relevancia" que es culpa del Consistorio. 

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El tribunal señala que el mármol que hay en la Plaza Nueva es "deslizante" y que el Ayuntamiento tendría que haber tomado las medidas necesarias para evitar este tipo de accidentes. 

"Ninguna medida"

De hecho, la sentencia afea que el Consistorio, entonces gobernado por el PSOE, no hubiera adaptado, a la fecha de la resolución judicial, "ninguna medida" para que la Plaza Nueva "sea accesible en todo tiempo y para todos los ciudadanos".

Precisamente, el anterior gobierno municipal del PSOE aplicó un tratamiento a la solería de la Plaza Nueva defendiendo la necesidad de tomar medidas contra caídas como la que costó la vida al padre de la familia que ahora ha sido indemnizada. La nueva solería ha sido muy criticada incluso por el actual alcalde en la campaña de las últimas municipales.

"En perfecto estado de salud"

El fallecido, de 81 años y "en perfecto estado de salud", se cayó el 8 de junio de 2018 cuando paseaba por la Plaza Nueva en dirección a Méndez Núñez. Ese día "estuvo todo el día lloviendo", recoge la sentencia, en la que se apunta que el mármol pulido de entonces era "sumamente resbaladizo incluso en seco".

La sección de Obras y Proyectos de la Gerencia de Urbanismo alegó contra la reclamación apuntando precisamente al "carácter resbaladizo del suelo suficientemente conocido".

El juez entiende que esto "no exime de responsabilidad a la Administración", así como tampoco le exculpa la lluvia. Por ello, fijó una indemnización de 229.960 euros, teniendo en cuenta además que con el fallecido vivía una hija con una incapacidad del 75%. Los ingresos de la familia (fallecido, esposa e hija) eran los de pensión por jubilación del marido.