Sonia Segura tiene señalado el desahucio para el próximo 13 de noviembre. Su caso sería uno más de los miles de lanzamientos que se realizan cada año en España, de no ser porque esta vecina de 36 años de Alagón (Zaragoza) tendrá en una semana a su tercer hijo. "No tiene alternativa habitacional, está atravesando una situación de especial vulnerabilidad".
El que habla es Javier Ferreira, de KLYO Abogados, el despacho que está llevando su caso, en una entrevista con EL ESPAÑOL.
El letrado expone que el lanzamiento se encuentra suspendido provisionalmente, pero matiza que existe la posibilidad de que se reanude si la parte demandante presenta un escrito que convenza a la Administración de Justicia competente para reanudarlo.
Las circunstancias que han llevado a esta situación a Sonia, que se encuentra en el paro, son complejas.
El inmueble del que debe marcharse pertenece a la madre de su expareja. Según relata Ferreira, Sonia vivía allí con el hijo de la propietaria antes de que un procedimiento por violencia de género terminara con una condena contra él y una orden de alejamiento. Ella permaneció en la casa con sus dos hijas, de 17 y 9 años.
El conflicto sobre la vivienda siguió después su propio recorrido judicial. La propietaria presentó una demanda de desahucio por precario, que fue estimada. "La sentencia condenó a Sonia a abandonar la vivienda", explica Ferreira.
PREGUNTA.– ¿Qué significa que estaba ocupando la vivienda en una situación de precario?
RESPUESTA.– Después de separarse del proceso judicial contra su expareja, Sonia permaneció en la vivienda con sus dos hijas, y nietas de la propietaria del piso. En ese momento, ella ejercitó una acción de desahucio contra Sonia, y como no tenía un contrato de alquiler, sino que estaba residiendo allí por su mera autorización, en lo que jurídicamente se llama situación de precario, Sonia fue condenada a abandonar la vivienda el 13 de noviembre.
La palabra 'precario' es la clave jurídica del procedimiento. En este caso, describe una estancia autorizada por la dueña, pero sin un contrato de alquiler que ampare la permanencia de Sonia. Cuando la propietaria decidió recuperar el inmueble, ejercitó la acción judicial para obtener su desalojo, según expone el abogado.
Sonia sostuvo ante elDiario.es que había intentado conseguir un contrato de arrendamiento, pero que la propietaria no accedió a firmarlo. Es la versión de la afectada sobre una relación que terminó en los tribunales.
La sentencia favorable a la dueña desembocó en el señalamiento del lanzamiento para el 13 de noviembre. Lo que la defensa trata de conseguir ahora no es que desaparezca esa resolución, sino que su ejecución quede suspendida por la vulnerabilidad de Sonia y la ausencia de otra vivienda.
Para ello, Ferreira ha presentado un escrito invocando el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 29/2026. La norma fue aprobada el 6 de octubre, publicada en el BOE el día 7 y entró en vigor, con las salvedades previstas en su articulado, el 8 de octubre.
El abogado sostiene que su clienta reúne las condiciones para acogerse a esa protección. En su petición pone el acento en la situación de vulnerabilidad, en las dos menores a su cargo y en un embarazo que se encuentra ya en su fase final.
La respuesta inmediata del juzgado, según explica, ha sido un decreto del letrado de la Administración de Justicia que suspende provisionalmente el lanzamiento mientras el juez decide mediante auto. Esa distinción importa: la paralización actual no equivale todavía a que se haya estimado la solicitud de suspensión de la defensa.
Antes de resolver, el juzgado ha dado traslado del escrito a la parte demandante para que pueda presentar sus alegaciones.
Será el juez quien determine cómo se aplica ese marco al caso concreto. Ferreira admite que podría rechazar su petición y ordenar que el procedimiento continúe, aunque considera poco probable ese desenlace.
Aunque Ferreira valora a título personal que es "bastante difícil que no se suspenda el lanzamiento".
El letrado considera que los trámites pendientes hacen también poco probable que el desalojo llegue a ejecutarse el día inicialmente señalado. Si finalmente se rechazara la suspensión y esa fecha hubiera pasado, explica que la parte demandante tendría que pedir un nuevo señalamiento.
Calcula que, por los tiempos de tramitación en Zaragoza, eso podría demorar un nuevo lanzamiento "tres o cuatro meses". Es una estimación del abogado, no un aplazamiento concedido ni una fecha alternativa fijada por el juzgado.
Búsqueda de otra vivienda
Mientras se resuelve la petición, Ferreira asegura que la difusión del caso ha abierto una interlocución con el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y con otros órganos del Gobierno de Aragón. Reconoce interés por buscar una salida, aunque todavía no puede anunciar una solución.
"Hay sensibilidad por parte de la Administración", señala. "Pero no es algo fácil".
Su abogado evita, además, que tenga que atender nuevas entrevistas en estos días. Explica que se encuentra "muy cansada", con la gestación muy avanzada y "muy nerviosa por toda la situación que se está generando".
De hecho, EL ESPAÑOL ha contactado con Sonia Segura para conseguir su testimonio de primera mano, pero al cierre de este reportaje no ha accedido a conceder una entrevista.
Paralelismo con Mari Carmen
El caso llega en pleno debate sobre los desahucios y después de la repercusión del de Maricarmen en Madrid. Ferreira rechaza equiparar ambos procedimientos: "Desde el punto de vista jurídico son dos historias completamente diferentes".
Sí identifica una cuestión común: "Esto es un problema que tiene la sociedad en general, que es hay una persona que en un momento dado se encuentra en una situación de abandono porque las cosas le le han ido muy mal".
"También es cierto que hay un derecho de los propietarios de las viviendas para no tener por qué asumir que una persona ocupe su vivienda", amplía el letrado. "Esto es un problema del que creo que tienen que tomar muy buena nota las administraciones públicas para dotar de un sistema de recursos habitacionales alternativos, porque al año se producen miles de desahucios".
"Detrás de cada uno de ellos hay una razón diferente, desde el caradura que no paga porque no quiere, hasta casos como el de mi clienta, que se ha encontrado en una situación de vulnerabilidad absoluta y en la que no se le puede reprochar nada", concluye.
