La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha reconocido el derecho de un candidato a obtener una plaza en Navantia que se le negó por una valoración errónea, según la sentencia, de sus méritos de conocimiento de gallego.
Este litigio tiene su origen en el proceso selectivo convocado por Navantia en febrero de 2023 para cubrir tres plazas de técnico superior senior de emergencia, seguridad y salud laboral. A pesar de tratarse de una empresa pública nacional, en algunos puestos en Galicia, el Celga4 o equivalente puede ser un mérito que suma puntos adicionales.
Según recoge EuropaPress, el demandante sí aportó certificaciones oficiales de conocimiento de lengua gallega equivalentes al nivel Celga 4, pero la comisión de selección decidió no valorarlas al considerar que debía acompañarlas de un documento adicional de convalidación. Sin embargo, el Tribunal sentencia que dicha exigencia carece de respaldo legal, ya que la normativa autonómica da la misma validez a dichos certificados que al propio título Celga.
La sentencia modifica la clasificación final
En consecuencia, el afectado se vio privado de un punto de la valoración del mérito lingüístico. Asimismo, una vez sumada la puntuación correspondiente al conocimiento de la lengua gallega, el aspirante superaba la calificación del tercer candidato inicialmente seleccionado.
La Sala también aplica la doctrina del Tribunal Supremo, según la cual los errores cometidos por la entidad convocante, en este caso Navantia, no deben perjudicar a los aspirantes indebidamente excluidos, sin que ello implique necesariamente privar de efectos a los nombramientos ya realizados.
Una garantía de igualdad y legalidad
Los abogados representantes del demandante, Cristóbal Dobarro y Ana Montenegro, han puesto en valor un fallo judicial que "restablece los principios de legalidad y de igualdad en el acceso al empleo, evitando que interpretaciones administrativas alejadas del tenor literal de la norma perjudiquen a los aspirantes".
Según los letrados, la resolución adquiere especial relevancia porque ni las entidades públicas ni el sector público empresarial pueden exigir requisitos documentales adicionales cuando la normativa reconoce directamente la validez de determinadas titulaciones o certificaciones. Asimismo, refuerza las garantías de los principios de mérito, capacidad e igualdad en el acceso al empleo público.
