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Millones de españoles poseen algún permiso de conducción, siendo el más común el carnet tipo B, que autoriza a conducir vehículos de hasta 3.500 kg. Este permiso debe renovarse cada 10 años, -cada 5 si excedes los 65 años-, y para ello hay que pasar el correspondiente psicotécnico.

Como es obvio, conducir con el carnet caducado conlleva una importante multa económica. Una vez que se aproxima la fecha de caducidad, es obligatorio pedir cita en un Centro de Reconocimiento de Conductores homologado para llevar a cabo las pruebas que certifiquen que estás en plenas facultades para la conducción.

Los medicamentos no aptos

Además de ciertas enfermedades, de las que hablaremos a continuación, la DGT puede denegar la renovación del carnet de aquellos conductores que tomen determinados medicamentos por los posibles problemas que pueden generar en la conducción.

Entre estos medicamentos destacan algunos como la insulina para la diabetes, aquellos que se tomen por determinados tratamientos psiquiátricos o los que se tomen a causa de la apnea del sueño, para los que Tráfico exige un informe favorable que certifique que es efectivo.

Además, se debe tener en cuenta que la Dirección General de Tráfico dice que "entre los medicamentos que pueden disminuir la capacidad para conducir cabe destacar los que se utilizan para tratar los trastornos del sueño, la ansiedad, la psicosis, la depresión, la epilepsia, el párkinson, el dolor, las migrañas, la demencia, las alergias, las afecciones oculares, la gripe y el catarro".

En todo caso, en el Informe sobre enfermedades y conducción de la revista de la DGT indican que "si toma medicamentos, pregunte si tiene efectos no deseados en la conducción. Si en el envase figura un pictograma de un vehículo, lea el prospecto".

Enfermedades que impiden conducir

"Para ponerse al volante con seguridad, el conductor precisa unas capacidades perceptivas, cognitivas y motoras mínimas. Necesita percibir los estímulos, procesar esa información, decidir la respuesta que debe dar y darla de forma adecuada y manejando de forma precisa los mandos del vehículo", explica la DGT.

El reglamento General de Conductores alberga todas las enfermedades que podrían no ser compatibles con la renovación del carnet de conducir, dependiendo de la fase de la misma y de si se cuenta con un informe médico favorable o no.

Tal y como informan desde el Real Automóvil Club de España (RACE), el listado de enfermedades se divide en 9 categorías, que son las siguientes: vasculares, cardiacas, psiquiátricas, neurológicas, endocrinas, digestivas, respiratorias, oncológicas, crónicas y degenerativas.

Enfermedades vasculares

  • Disección: tras un plazo de seis meses desde la operación, se podrá renovar de 1 a 2 años
  • Aneurisma de grandes vasos: si no hay riesgo, con informe favorable del especialista se darán entre 1 y 10 años de vigencia. Con riesgo, no será apto

Enfermedades cardiacas

  • Arritmias
  • Infarto agudo de miocardio y portadores de prótesis valvulares: deben haber pasado como mínimo 6 meses desde que sucedió
  • Portadores de marcapasos y desfribilador automático: tres años de vigencia una vez que haya pasado un mes desde la colocación

Enfermedades psiquiátricas

Solo podrán conducir si la enfermedad se manifiesta de manera leve y hay un informe médico favorable.

  • Demencia y Trastorno de ansiedad
  • Trastorno de la personalidad
  • Depresión
  • Trastorno del sueño
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo
  • Trastorno del desarrollo intelectual
  • TDH
  • Dependencia del alcohol y/o drogas

Enfermedades neurológicas

  • Crisis o pérdida de conciencia: si ha ocurrido durante el último año, es imposible que se renueve
  • Epilepsia: vigencia de 1 a 10 años
  • Accidente isquémico transitorio: hasta un año de ampliación con un informe favorable

Enfermedades endocrinas

  • Hipotiroidismo y paratiroides: podrá renovarse entre 1 y 10 años
  • Diabetes mellitus insulinodependiente: renovación entre 1 y 5 años

Enfermedades digestivas

  • Trasplante renal: deben haber pasado como mínimo seis meses desde la operación
  • Nefropatía con diálisis: posibilidad de sacar o renovar el permiso de 1 a 10 años

Enfermedades respiratorias

  • Apnea del sueño: con informe favorable, el periodo de vigencia máximo es de 3 años
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: No apto

Enfermedades oncológicas

  • Trastornos oncohemáticos: no debe haber alteraciones graves. Entonces, se podrá renovar durante un año
  • Dolencias oncológicas: se debe estar sin ninguna dolencia ni tratamiento para renovar el permiso. En dicho caso logrará una renovación de entre 1 y 5 años

Enfermedades crónicas y degenerativas

"Todas las siguientes enfermedades son incompatibles con la conducción"; subrayan desde RACE.

  • Alzheimer
  • Esclerosis lateral amiotrófica
  • Temblor esencial
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica
  • Distrofia muscular
  • Osteoporosis
  • Parkinson
  • Artritis reumatoide