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Acceder a una vivienda es cada vez más difícil para los gallegos ya que los precios, tanto para comprar como para alquilar, no dejan de subir. En toda Galicia, el coste medio de un piso de 80 metros cuadrados se sitúa en cerca de 139.200 euros, que puede ascender a entre 160.000 y 255.600 euros en las ciudades más pobladas como Santiago, Vigo y A Coruña. En el caso del alquiler, de media se paga algo más de 600 euros.

Ante esta situación, en la que los gallegos deben destinar al menos entre seis y siete años de su salario íntegro para poder adquirir un lugar en el que vivir, 36.415 personas están ya inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda de la Xunta de Galicia. La mayor parte se concentran en Vigo (11.327) y en A Coruña (7.331).

Este es el requisito indispensable para poder acceder a los hogares de promoción pública, un tipo de viviendas para el que no existe un importe determinado a pagar en cada caso.

Lo que sucede es que para cada situación individual se realiza un estudio, teniendo en cuenta el tamaño de la vivienda y los ingresos, y ponderando la cifra en función del número de personas que componen la familia o la unidad de convivencia.

Actualmente se están construyendo unas 4.000 viviendas de promoción pública en Galicia —un régimen permanente desde el 2025— y aquí recopilamos los requisitos y algunas de las dudas sobre el proceso para acceder a ellas.

¿Quién se puede anotar en el Registro?

Los requisitos a cumplir para poder entrar en este Registro son ser mayor de edad, no poseer una vivienda salvo algunas excepciones, y acreditar los ingresos ponderados al año de toda la unidad familiar o de convivencia para cada convocatoria.

Además, es necesario residir en Galicia.

La inscripción podrá ser tanto individual como dentro de una unidad familiar o de convivencia y en ella se deberá indicar qué tipo de vivienda y régimen de adjudicación se prefiere.

Cada persona solamente se puede anotar una vez, pero lo puede hacer en varias modalidades diferentes.

Dentro de las viviendas, la Xunta distingue entre dos tipos.

Por una parte están las Viviendas de Promoción Pública, que son las promovidas por el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS), y las de Protección Autonómica, que están impulsadas por promotores públicos o privados dentro de la ejecución de políticas públicas de vivienda. En este último entran las de uso propio por comunidades de propietarios, cooperativas de viviendas, asociaciones legalmente constituidas o por una persona individual para su uso como residencia habitual y permanente.

¿Cuál es el límite de ingresos?

En cuanto a los ingresos, estos no podrán superar entre 4 y 6,5 veces, dependiendo del tipo de vivienda, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Este año está en 600 euros mensuales, por lo que para una vivienda pública general, no se podrá ingresar más de 33.600 euros anuales.

Para esto hay que tener en cuenta de todas formas si la solicitud se hace para una persona individual o para familias de varios miembros, con coeficientes de ponderación diferentes.

Siguiendo el ejemplo anterior, una familia de tres miembros no podría ingresar más de 49.411,76 euros anuales para una vivienda general.

¿Cómo se solicita? ¿Puedo pedir una vivienda en más de un municipio?

Las solicitudes se tienen que presentar a través de la sede electrónica de la Xunta, aunque existe la posibilidad de hacerlo de manera presencial en las áreas provinciales y en los servicios centrales del IGVS.

Para hacerlo no hay plazo, ya que las inscripciones se pueden formalizar durante todo el año.

En la solicitud hay que indicar el tipo de vivienda al que se quiere optar, si se prefiere un régimen de compra, de alquiler o de alquiler con opción a compra y el municipio. El preferente debe ser el de residencia o de trabajo, aunque se pueden señalar un máximo de tres localidades que deben ser, eso sí, limítrofes.

¿Cómo consigo la vivienda?

Las adjudicaciones de las promociones públicas se realizan entre las personas inscritas como demandantes en un determinado municipio. Tanto las adjudicaciones como los sorteos se pueden consultar en la web del IGVS y en los tablones de anuncios de cada ayuntamiento.

Asimismo, dentro de cada proceso, se pueden reservar viviendas para personas con movilidad reducida, familias numerosas, menores de 36 años, víctimas de violencia de género u otras situaciones.

La adjudicación se realiza mediante un sorteo ante notario, en el que independientemente del tiempo que se lleve en el Registro todos los solicitantes tienen las mismas posibilidades. Además de la lista de adjudicatarios, siempre hay una de reserva en caso de que los primeros no terminen accediendo a estas viviendas.

La cosa cambia en el caso de que una persona propietaria desee vender su vivienda. En este supuesto, las personas interesadas en comprarla deberán indicarlo en un escrito dirigido al Área Provincial correspondiente del IGVS y luego entrarán en el sorteo. Si nadie muestra interés, la vivienda pasa a publicidad permanente y se otorgará a la primera persona que lo pida y cumpla los requisitos.

Y en el caso de las viviendas de protección autonómica, las posibles adjudicatarias recibirán por SMS el aviso del sorteo para que confirmen si quieren participar en él.

Habitualmente todos los sorteos se producen una vez finaliza la construcción de los edificios, en el caso de vivienda nueva.

¿Qué pasa si me toca una vivienda y quiero rechazarla?

Si se resulta destinatario de una vivienda en una de estas promociones, existe la posibilidad de rechazarla.

En ese caso, si no existe una causa suficientemente justificada, la penalización impide anotarse en el Registro de Demandantes durante un año.