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El plazo para que los ayuntamientos costeros interesados en asumir la explotación de servicios de temporada en la zona del dominio público marítimo-terrestre, como chiringuitos y negocios e iniciativas costeras, presenten su solicitud y tramiten la autorización abre mañana jueves. Los particulares podrán presentar solicitudes o prórrogas desde el próximo 16 de noviembre.

Así lo establece el anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG) para informar sobre los plazos relativos a los servicios, actividades y eventos que se podrán instalar en el DPMT de cara a la temporada alta del próximo año.

Las entidades locales podrán presentar, con carácter preferente, sus solicitudes de prórroga o de nueva autorización a través del procedimiento único habilitado en la sede electrónica de la Xunta entre el 1 y el 30 de octubre. La vigencia de estas autorizaciones será de cuatro años.

Este es el segundo año en el que el Gobierno gallego asume la tramitación directa de las solicitudes de los ayuntamientos interesados en la explotación de las instalaciones, actividades, eventos y servicios de temporada y playa en su término municipal. Ya lo hizo el año pasado, después de hacerse efectivo el traspaso de la gestión del litoral el 1 de julio.

Un total de 18 municipios costeros gallegos asumieron en un año la gestión de esta zona. En estos casos, serán las propias administraciones locales las que tramitarán el procedimiento para la adjudicación a terceros de los servicios y actividades que se desarrollarán en esta franja de la costa.

¿Y los particulares?

Una vez cerrado este primer plazo, preferente y reservado sólo para ayuntamientos, las personas físicas y jurídicas interesadas en explotar servicios de temporada en terrenos del DPMT localizados en municipios costeros que no tengan asumida su gestión podrán solicitar autorización a la Xunta desde el 16 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2026.

El anuncio publicado en el DOG y recogido por Europa Press también establece que el plazo de apertura para los servicios y actividades de temporada se extenderá desde el primer día de la próxima Semana Santa (en este caso, el 19 de marzo), hasta el 31 de octubre de 2027. Las instalaciones autorizadas podrán permanecer durante este periodo de forma ininterrumpida.

Teniendo en cuenta su carácter temporal y desmontable, este tipo de construcciones (como los chiringuitos) tendrán que quedar efectivamente retiradas del dominio costero en el plazo máximo de 15 días, contados desde la finalización de la temporada.