La península ibérica ha sufrido un apagón masivo nunca visto en la historia. Ayer, sobre las 12:30 horas toda España, excepto las Islas Canarias , Islas Baleares, Ceuta y Melilla, así como otros países europeos como Portugal y el sur de Francia, vivieron una caída del suministro total, provocando un corte de luz general. Como era de esperar, la situación ha generado gran preocupación en la sociedad y, ahora, las preguntas no dejan de surgir entre los ciudadanos. Una de las cuestiones que más da que hablar es qué pasa con los seguros si un electrodoméstico ha resultado dañado.
Poco a poco Galicia se va recuperando del apagón y, ahora, llega el momento de pedir explicaciones y conocer a qué nos podemos acoger en caso de haber sufrido algún tipo de daño o perjuicio. Cuando ocurre un corte de energía de esta índole, muchos consumidores se preguntan si pueden reclamar por los alimentos que se estropean, por daños en sus electrodomésticos o por la interrupción de compras o servicios en línea. ¿En qué caso se tiene derecho a reclamar una indemnización?
¿Cuándo hay, y no, derecho a indemnización?
En España, el suministro eléctrico está regulado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y supervisado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que, al no conocerse con seguridad las causas del apagón, todavía es complicado determinar los casos en los que existe o no un derecho a indemnización. Así, es pronto para confirmarlo. Al tratarse de una circunstancia de fuerza mayor, es posible que las empresas no sean las responsables, de la misma forma que los consumidores tampoco son responsables de pagar por un servicio no recibido.
Las compañías eléctricas tienen la obligación de ofrecer un servicio con una calidad mínima que, de no cumplirse, el consumidor tiene derecho a reclamar de la forma pertinente y oportuna para ser compensado de manera económica tras los daños que ello haya podido conllevar.
¿Cómo reclamar?
Si se ha producido un apagón a nivel nacional y este ha afectado a un gran número de consumidores, como en el caso de un fallo masivo en la mayor parte del país, la situación cambia. Lo importante es actuar cuanto antes y ser rápidos. En estos casos, los usuarios pueden tener derecho a una indemnización.
Lo primero a tener en cuenta es que los daños causados por un corte de luz se pueden reclamar, o bien, a la aseguradora del hogar, o a la distribuidora eléctrica. En caso de disponer de póliza de seguro, actuará más rápido la aseguradora que la distribuidora. No obstante, lo recomendable es conocer las condiciones de dicha póliza para saber a qué te puedes acoger.
Para reclamar es importante que, como consumidor, documentes lo sucedido y hagas un inventario de los daños: la duración del apagón, los daños sufridos (como alimentos perdidos, electrodomésticos dañados, etc.). Haz fotografías de aquellos aparatos que se hayan averiado y de los alimentos perdidos, adjunta los tickets de compra de los productos que se han dañado y, si los tienes, aporta los informes técnicos que acrediten el daño provocado por el corte de luz.