Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Carlos Luján / Europa Press

Tecnología

Va a entrar en vigor: los trabajadores ya no recibirán cartas sobre sus prestaciones o el estado de sus bajas

En un paso más hacia una administración completamente digital, el Gobierno va a obligar a usar la app o la web de la Seguridad Social.

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La Administración Pública sigue implementando cambios para decir adiós al tradicional formato del papel y dar el salto completo al formato digital; y la nueva medida va a afectar a los trabajadores que se hayan dado de baja o reciban prestaciones.

Hoy, el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Orden ISM/541/2026 (pdf), una normativa que modifica notablemente las comunicaciones oficiales entre la Seguridad Social y los ciudadanos, con el objetivo de que usen la plataforma digital de la Administración.

En concreto, la orden ministerial se centra en esta ocasión en las comunicaciones a trabajadores autónomos y asalariados que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad laboral como si están de baja o han realizado una solicitud de incapacidad permanente o lesiones no incapacitantes.

Hasta ahora, se mantenía el derecho de recibir cartas físicas en el domicilio para cuestiones clave relacionadas con prestaciones y el estado de la baja del trabajador. Pero a partir de este mismo año, este canal tradicional de correspondencia postal será eliminado casi por completo.

Con la aprobación de este texto, todos los solicitantes o perceptores de prestaciones por incapacidad temporal, los trabajadores inmersos en procedimientos de evaluación para una incapacidad permanente, y aquellos ciudadanos con casos abiertos por lesiones permanentes no incapacitantes dejarán de recibir cartas en sus casas.

En vez de eso, las notificaciones se realizan de manera electrónica; en otras palabras, estamos obligados a usar la sede electrónica o la app oficial de la Seguridad Social para smartphones y otros dispositivos.

Como ha sido publicada el día de hoy, la nueva normativa entra en vigor el próximo 1 de septiembre de 2026, dentro de tres meses, por lo que todas las notificaciones que tengamos pendientes hasta esa fecha se seguirán enviando en cartas físicas.

Esto abre la puerta a muchas ventajas, la más obvia de todas es que los trabajadores ya no tendrán que estar pendientes de recibir la carta en caso de que tengan en marcha procesos relacionados con bajas o prestaciones. No se gastará tanto papel y eso también tiene impacto ecológico.

Además, las notificaciones electrónicas tienen la ventaja de que son instantáneas, por lo que el trabajador puede estar más al día de su situación; de la misma manera, ya se ha establecido que algunas comunicaciones del Estado pueden ser enviadas en días festivos, reduciendo las esperas.

Sede de la Seguridad Social.

Sede de la Seguridad Social. A. Blanco

Sin embargo, esta normativa también traslada una mayor responsabilidad al trabajador, que ahora no tiene la 'excusa' para dejar pasar ciertos trámites. Y es que una vez que la notificación se aloja en la sede electrónica de la Seguridad Social, y el aviso llega al móvil, se queda registrado que el trabajador ha sido avisado.

Eso supone que en muchos casos, ahora tenemos menos margen para responder a las notificaciones. Por ejemplo, una vez que nos ha llegado el aviso, tenemos un plazo de solo 10 días naturales para acceder al contenido del documento electrónico y firmar su recepción, algo que se debe hacer con sistemas de identidad digital como Cl@ve Permanente o Cl@ve Móvil.

Si se cumplen los 10 días desde que hemos recibido la notificación y no hemos firmado su recepción, se considera que ha sido rechazada, igual que si no hubiéramos aceptado la carta física.

Eso significa que, si ignoramos la notificación en nuestro móvil, podríamos llegar a perder la oportunidad de recurrir una decisión sobre nuestra baja o prestación, ya que a efectos prácticos es como si hubiéramos rechazado seguir con el proceso.

Afortunadamente, la nueva normativa incluye una manera de seguir el proceso sin un móvil por una razón: la brecha digital. No todo el mundo tiene un smartphone moderno en el que instalar la app de la Seguridad Social, o acceso a Internet.

Por eso, el texto incluye una excepción para ciudadanos que carezcan de los medios técnicos o la capacitación necesaria, en cuyo caso no estarán obligados a usar la app, aunque a cambio tendrán que acudir de manera presencial a una oficina de la Seguridad Social.

En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social, el personal funcionario público tendrá que ofrecer asistencia directa a trabajadores que no puedan recibir las notificaciones digitales, permitiéndoles el acceso a la sede electrónica de manera segura.