Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Europa Press

Omicrono

Entró en vigor: los trabajadores ya no reciben cartas sobre sus prestaciones o el estado de sus bajas desde el 1 de septiembre

La Orden ISM/541/2026 obliga a comprobarlo a través de la sede electrónica o la aplicación móvil oficial.

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La Administración Pública ha dado un paso más en su estrategia de digitalización para decir adiós al formato en papel y dar el salto definitivo al entorno telemático. Esta transformación afectará de lleno a los trabajadores asalariados y autónomos que se encuentren de baja médica o hayan solicitado prestaciones estatales.

A partir de ahora, las notificaciones sobre expedientes laborales clave abandonarán el correo postal tradicional para gestionarse exclusivamente a través de la sede electrónica o la aplicación móvil del organismo.

La publicación de la Orden ISM/541/2026 en el Boletín Oficial del Estado formaliza este cambio normativo en las comunicaciones de la Seguridad Social. La disposición fijó su plena entrada en vigor desde el pasado 1 de septiembre, otorgando un periodo de margen antes de que el soporte físico quede suprimido por completo.

Durante este intervalo de transición, los expedientes pendientes se seguirán notificando mediante carta ordinaria a los domicilios residenciales, garantizando la continuidad de los trámites abiertos.

El nuevo marco regulatorio abarca a solicitantes o perceptores de subsidios por incapacidad temporal, trabajadores evaluados para una incapacidad permanente y personas con expedientes por lesiones no incapacitantes.

Así funciona

Para consultar cualquier dictamen u oficio, será obligatorio identificarse mediante sistemas digitales como Cl@ve o certificado electrónico. Además, la medida promete agilizar las gestiones de forma instantánea y evitar el desperdicio masivo de papel, generando un impacto ecológico positivo.

Esta inmediatez telemática traslada asimismo una mayor responsabilidad al ciudadano, al eliminar el margen de excusa ante plazos administrativos vencidos. Una vez alojado el aviso en la sede virtual o notificado al teléfono móvil, el sistema registra de forma automatizada que el interesado ha sido informado.

A partir de ese instante se activa un plazo estricto de diez días naturales para acceder al contenido del documento y firmar su recepción mediante Cl@ve Móvil o Cl@ve Permanente. Si transcurren los diez días reglamentarios sin que el usuario firme la notificación telemática, la Administración dará el trámite por rechazado a todos los efectos legales.

Esta omisión equivale a negarse a recibir una carta certificada en mano, lo que podría derivar en la pérdida del derecho a recurrir una resolución negativa sobre la baja o la prestación económica. Por tanto, la revisión constante del buzón digital se convierte en un hábito indispensable para no desproteger los derechos laborales.

Para combatir la brecha digital y proteger a los colectivos vulnerables, la normativa contempla excepciones específicas para quienes carezcan de smartphone o competencias informáticas.

Aquellos ciudadanos que no dispongan de los medios técnicos necesarios o no sepan utilizar la aplicación no estarán obligados a gestionar los avisos de forma digital. En su lugar, podrán acudir presencialmente a las dependencias oficiales para recibir auxilio en la tramitación de sus documentos.

Los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) contarán con personal funcionario encargado de prestar asistencia directa a estos usuarios. A través de este canal presencial, los empleados públicos facilitarán el acceso seguro a la sede electrónica y tramitarán las notificaciones de quienes sufran limitaciones tecnológicas.

Con este equilibrio entre innovación digital y atención humana, el Gobierno busca modernizar la burocracia estatal sin dejar desamparado a ningún sector de la población.