Varios ejemplos de 'deepfakes' que se encuentran en redes sociales.

Varios ejemplos de 'deepfakes' que se encuentran en redes sociales. X (Omicrono)/TikTok Omicrono Omicrono

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Borja Adsuara, abogado, sobre los vídeos manipulados: "No hace falta retocar las normas con cada tecnología que surge"

El anteproyecto de ley sobre deepfakes intenta dar respuesta a un tipo de delito que ya existía, por lo que no sería necesario.

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El Gobierno de España ha dado un paso más en su intento de frenar los contenidos manipulados por inteligencia artificial. El Consejo de Ministros aprobó en enero un anteproyecto de ley que introduce los deepfakes en el catálogo de vulneraciones al derecho al honor.

La norma actualiza una ley de 1982 sobre el derecho al honor, la intimidad y la propia imagen. Su principal novedad es incorporar de forma explícita el término inteligencia artificial al texto legal. En julio de este mismo año ha sido aprobada en el Consejo de Ministros.

No todos los expertos ven en esta reforma un avance real. El jurista Borja Adsuara, especialista en derecho digital, considera que la protección del honor ya estaba suficientemente garantizada antes de este anuncio.

Adsuara sostiene que no es necesario modificar las normas cada vez que aparece una tecnología nueva. En sus propias palabras, califica la medida como un mero anuncio político vinculado a la polémica reciente en torno a los deepfakes generados por sistemas como Grok, de Elon Musk.

Esa polémica se refiere al uso de la inteligencia artificial de la red social X para generar imágenes de mujeres en bikini a partir de fotografías reales sin su consentimiento. El caso reavivó el debate sobre los límites legales de estas herramientas.

Según la interpretación de Adsuara, el Gobierno estaría aprovechando ese contexto mediático para transmitir la sensación de que actúa frente a un problema que, en realidad, ya tenía cobertura jurídica. El fondo del debate no es tanto si existe protección legal, sino si hace falta reescribirla cada vez que cambia la tecnología.

Más allá de esta valoración crítica, el anteproyecto sí introduce elementos concretos. Los deepfakes que representen a una persona de forma falsa y perjudicial pasarán a considerarse intromisiones ilegítimas en el derecho al honor.

La reforma también refuerza la exigencia de consentimiento para el tratamiento, la difusión y el uso de la imagen o la voz de una persona. Este punto cobra especial relevancia en las plataformas digitales, donde el contenido se replica con facilidad.

Uno de los aspectos más destacados afecta a los menores de edad. Los menores de dieciséis años no podrán dar su consentimiento para el uso de su propia imagen bajo ningún concepto.

En el caso de los mayores de esa edad, la ley contempla que exista intromisión ilegítima aunque haya consentimiento previo, siempre que se menoscabe su dignidad o reputación. Se trata de un matiz importante frente a la normativa anterior.

La norma también pone límites al alcance del consentimiento en redes sociales. Compartir una imagen personal en una plataforma no implica que terceros puedan reutilizarla en otras redes o canales distintos.

El texto forma parte del Plan de Acción por la Democracia impulsado por el Gobierno, y está promovido conjuntamente por los ministerios de Justicia y de Juventud e Infancia.

La Agencia Española de Protección de Datos ha reforzado este debate con una circular propia. En ella advierte de que las imágenes en las que una persona sea identificable constituyen un dato personal, sea la imagen real o generada por sistemas de inteligencia artificial.

Por tanto, reenviar esas imágenes, subirlas a internet o modificarlas con herramientas de IA implica un tratamiento de datos personales. Si la persona afectada no ha dado su consentimiento, se estaría vulnerando el Reglamento General de Protección de Datos.

El contexto europeo también empuja en esta dirección. La Unión Europea exige a los Estados miembros que criminalicen los deepfakes no consentidos, especialmente los de carácter sexual, antes de 2027.

Con esta reforma, España se sitúa entre los países que más rápido están intentando adaptar su legislación a los riesgos de la inteligencia artificial generativa. La pregunta que plantea Adsuara, sin embargo, sigue abierta: si el marco legal ya cubría estos casos, el verdadero reto no sería normativo sino de aplicación efectiva.

Detrás de la discusión jurídica hay un fenómeno social que crece con rapidez. Los contenidos manipulados digitalmente son cada vez más difíciles de identificar fuera de los entornos técnicos, lo que multiplica el riesgo de difamación, fraude o chantaje.

Los casos más sensibles afectan a menores y adolescentes, como ocurrió con las imágenes generadas de alumnas de un instituto de Almendralejo. Este tipo de episodios ha sido clave para acelerar el debate político sobre la necesidad de una respuesta legal específica.

Mientras el anteproyecto avanza hacia su tramitación parlamentaria, el debate entre juristas seguirá abierto. La pregunta de fondo no es solo qué dice la ley, sino si de verdad hacía falta cambiarla para proteger derechos que, según algunos expertos, ya estaban protegidos.