Personas viendo el partido entre España y Francia del Mundial en una pantalla.

Personas viendo el partido entre España y Francia del Mundial en una pantalla. EFE Omicrono

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Entró en vigor: ayuntamientos ya multan con hasta 3.000 euros a los vecinos por ver el fútbol en la terraza de casa

Ni altavoces ni celebraciones excesivas: por qué montar una improvisada 'fan zone' en tu terraza para el partido vulnera la ley y dispara las multas vecinales.

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Este domingo se paraliza el país entero con la histórica final del Mundial de fútbol 2026 que enfrenta a España contra Argentina.

Con la llegada del buen tiempo y el calor del verano, la tendencia ya no es encerrarse en un bar abarrotado, sino invitar a la familia y amigos a casa, aprovechar la brisa al aire libre y sacar a la terraza ese gigantesco televisor que hemos comprado recientemente.

Sin embargo, montar tu propia 'fan zone' en el balcón para animar a la selección te puede salir increíblemente caro. Diversos ayuntamientos están aplicando con total contundencia las normativas municipales sobre ruido, y festejar los goles de España al aire libre puede terminar en una sanción de hasta 3.000 euros.

Mucha gente desconoce que el verdadero problema no es la pantalla en sí. El Gobierno no dispone de una ley estatal específica que prohíba de forma literal colocar un televisor en el balcón o en el jardín, pero la trampa legal reside en los altavoces, los gritos y la alteración del orden.

La base que permite a los consistorios actuar sin miramientos se encuentra en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, el cual prohíbe tajantemente a cualquier propietario u ocupante desarrollar actividades que resulten molestas, nocivas o peligrosas.

Celebrar de manera desmesurada en la terraza o mantener el volumen del partido a niveles excesivos choca de frente con el desarrollo normal de la vida del vecindario, convirtiendo tu reunión festiva en una actividad sancionable.

Las consecuencias económicas de ignorar estas normas básicas de convivencia comunitaria no son ninguna broma y se estructuran en diferentes tramos económicos.

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Las infracciones consideradas leves se castigan con multas de hasta 750 euros, un escenario que se produce cuando un vecino pone el volumen del televisor demasiado alto o si el grupo de invitados genera un nivel de ruido excesivo durante un periodo prolongado.

Si la situación se descontrola o el dueño de la vivienda hace caso omiso a las quejas previas, manteniendo la molestia de forma habitual, la infracción pasa a considerarse grave, elevando la sanción hasta los 1.500 euros.

Para los casos más extremos de alteración de la convivencia vecinal, calificados por las autoridades como muy graves, las multas alcanzan su tope máximo de 3.000 euros.

Además del volumen, el reloj juega un papel fundamental que puede agravar drásticamente el castigo.

Cada municipio tiene sus propias herramientas de control acústico detalladas en las ordenanzas locales de protección ambiental, y el inicio del horario nocturno actúa como un multiplicador de la infracción.

En ciudades como Madrid, por ejemplo, este periodo se establece de forma estricta entre las 23:00 y las 07:00 horas. La acción de gritar, vociferar o festejar en un ámbito residencial durante esta franja eleva automáticamente la gravedad de la falta y, en consecuencia, el importe a pagar.

El cerco al ruido es aún mayor en otros puntos de la geografía. En Barcelona, los límites son especialmente estrictos para salvaguardar las horas de sueño, ya que el nivel máximo de ruido durante el horario nocturno se reduce de manera drástica hasta los 50 decibelios.

Superar estos umbrales de manera continuada mediante el uso de altavoces en terrazas o gritos descontrolados conlleva la intervención inmediata de la Guardia Urbana y la apertura de un expediente sancionador.