Una barbacoa

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Ya entró en vigor: los ayuntamientos multan con hasta 3.000 euros a turistas que hagan barbacoas en la terraza

Si vamos a hacer una fiesta en nuestro lugar de veraneo, es importante recordar las normas municipales o podemos recibir una cuantiosa multa.

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Las vacaciones de verano van a dar comienzo para millones de españoles, que en muchos casos las van a pasar en otra ciudad, posiblemente alquilando un apartamento turístico o usando su segundo hogar.

En estos casos, es muy fácil olvidarse de que las leyes locales pueden no ser las mismas que las que seguimos durante la mayor parte del año, y si no tenemos cuidado, nos pueden multar por hacer algo tan simple como una barbacoa.

En efecto, aunque a nivel estatal no existe una legislación única que prohíba encender una barbacoa en un espacio privado como un balcón, un patio o una terraza, en realidad esas prácticas están reguladas por los ayuntamientos mediante ordenanzas municipales de convivencia, protección ambiental, o prevención de incendios.

En ese sentido, un turista puede encontrarse con más restricciones, especialmente en un municipio costero o cercano a zonas naturales, para hacer cosas que en su localidad de origen son perfectamente legales.

Las multas por el uso indebido de barbacoas en espacios residenciales varían de forma considerable según la localidad y la gravedad de la infracción; pero las sanciones aplicadas hasta ahora por los ayuntamientos rondan entre los 500 euros y los 3.000 euros, esto último sólo en los casos más severos.

Entre las infracciones que pueden resultar en una multa por hacer una barbacoa se encuentran las molestias generadas por el humo generado, especialmente si usamos carbón o leña, además de la formación de olores en zonas comunes en el edificio.

A eso hay que sumar el riesgo de provocar un incendio en la fachada o en un elemento estructural. Por último, uno de los grandes motivos por los que se multan a los organizadores de una barbacoa realmente no tiene nada que ver con la comida en sí, sino por el ruido generado por los participantes, especialmente si lo hacen en horario de descanso.

El uso de combustibles tradicionales, como el carbón o la leña, es una práctica muy perseguida por las autoridades locales. Un buen ejemplo lo tenemos en Barcelona, donde las ordenanzas prohíben de manera expresa encender fuego en terrazas o azoteas de bloques residenciales con esos materiales.

De la misma manera, si el humo o los residuos de una barbacoa de carbón invaden las viviendas cercanas, la policía local puede intervenir tras la denuncia de un vecino y levantar un acta de infracción que termine en una multa inmediata.

Por todo esto, los expertos recomiendan la máxima prudencia si alquilamos inmuebles para veranear, ya que la responsabilidad legal y el pago de las multas recaen sobre el infractor, no sobre el dueño de la vivienda.

Por lo tanto, si vamos a montar una barbacoa durante nuestras vacaciones, es importante informarse primero de las leyes en el municipio en el que vamos a estar, pero eso no es todo.

Y es que, además de la normativa municipal, la Ley de Propiedad Horizontal da poder a las comunidades de vecinos para regular o prohibir este tipo de actividades en su edificio. En concreto, el artículo 7.2 establece que al propietario u ocupante del piso no se le está permitido desarrollar actividades prohibidas en los estatutos de la comunidad, o que resulten dañosas para la finca, molestas o insalubres.

Así que, si los estatutos del edificio prohíben explícitamente el uso de barbacoas en los balcones, realmente da igual lo que diga la ordenanza municipal porque nos podemos meter en problemas legales.