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Ha entrado en vigor: multas de hasta 3.000 euros por tener una cámara contra ladrones en casa mientras estamos de vacaciones

Antes de instalar una cámara u otro sistema de vigilancia para proteger la casa mientras no estamos, debemos tener en cuenta una serie de normas.

Más información: Ha entrado en vigor: el Gobierno multa con 6.000 euros a los conductores que lleven este aparato en el coche este verano

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Con la llegada del verano, millones de hogares se van a quedar vacíos, después de que sus propietarios o inquilinos se vayan de vacaciones; es la mejor temporada para los ladrones, y por eso, mucha gente está tomando medidas de seguridad más avanzadas.

En concreto, las cámaras inteligentes con conexión a Internet son cada vez más populares; permiten conectarnos desde cualquier parte con nuestro smartphone y ver en tiempo real si hay alguien en casa. Algunos modelos incluso tienen IA y son capaces de reconocer personas.

Sin embargo, antes de instalar una de estas cámaras para quedarnos más tranquilos, hay ciertas normativas que deberíamos tener en cuenta; si no lo hacemos, corremos el riesgo de encontrarnos con una cuantiosa multa cuando volvamos a casa.

La regla general para instalar una cámara es que en ningún caso debe grabar más allá del interior de nuestra casa; además, debemos tener cuidado de vulnerar los derechos de las personas que entran en nuestro hogar con permiso, como por ejemplo, si le hemos dado las llaves a alguien (por alquiler o préstamo).

Para empezar, está totalmente prohibido que las cámaras particulares graben la calle u otras vías públicas. Si en el vídeo salen las aceras, carreteras u otros espacios públicos, estaremos vulnerando la ley.

Sólo se permite captar una franja mínima o accidental de la calle, pero únicamente si eso es imprescindible para proteger el acceso a nuestro hogar o la fachada de nuestra vivienda.

No es sólo la calle. Las zonas comunes de los vecinos tampoco se pueden grabar libremente, lo que significa que no podemos poner una cámara en la puerta, fachada o ventana si estamos captando el rellano, el portal, el garaje comunitario o el jardín común.

La única excepción es si recibimos la aprobación de la comunidad de vecinos, lo que requiere el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios; en ese caso, podríamos instalar una cámara incluso si capta la actividad de manera parcial.

Otro dispositivo que está ganando mucha popularidad son los timbres inteligentes que cuentan con una cámara que cumple las funciones de una mirilla y nos pueden avisar si hay alguien en la puerta o han dejado un paquete.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que la normativa también se aplica a estos aparatos y por lo tanto, no pueden grabar el rellano sin el consentimiento explícito de los vecinos y por supuesto, no pueden grabar la calle.

Afortunadamente, muchas cámaras inteligentes tienen funciones para bloquear zonas de la imagen, que deberíamos activar si hemos puesto una cámara enfocando a la ventana, por ejemplo, para que sólo grabe en caso de que alguien intente entrar por ahí.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la organización que se encarga de controlar y sancionar el uso indebido de las cámaras en el hogar, y está regulada por el Reglamento General de Protección de Datos y el Artículo 18 de la Constitución que ampara el derecho a la intimidad.

Basado en esto, la AEPD suele multar con entre 300 y 3.000 euros a usuarios con cámaras instaladas en sus propiedades. Ese fue el caso reciente de un vecino que instaló una mirilla electrónica en la puerta de su domicilio y fue multado con 300 euros por grabar la puerta de su vecino, que estaba justo delante.