José Luis Martínez-Almeida en una comparecencia en Cibeles.

José Luis Martínez-Almeida en una comparecencia en Cibeles. Carlos Luján Europa Press

Omicrono

Ya ha entrado en vigor: los ayuntamientos multan con hasta 3.000 euros a los vecinos por el ruido de la lavadora

Ahora que llega el verano, el ruido de los electrodomésticos es más notable y puede llegar a provocar serios problemas.

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El verano ya está aquí, y con él, llegan las ventanas abiertas en todo el vecindario y los ruidos habituales como el del aire acondicionado. Pero esa no es la única molestia repentina que podemos sufrir a lo largo de los próximos meses.

Y es que es ahora que mucha gente se está dando cuenta del ruido que hacen los electrodomésticos comunes como la lavadora, especialmente ahora que se suelen poner por la noche para aprovechar las nuevas tarifas de la luz que reducen el precio en las horas nocturnas.

Por eso, es importante recordar que estas acciones pueden tener consecuencias económicas bastante graves. Y es que existen normas muy específicas y locales sobre la cantidad de ruido que podemos hacer y las horas en las que el silencio es obligatorio.

En España, no existe una normativa concreta, sino que el Gobierno aporta una base legal sobre la que los ayuntamientos pueden desarrollar sus propias normas, que se apoya en la Ley del Ruido 27/2003 y en la Ley de Propiedad Horizontal.

Por lo general, los límites de ruido permitido varían según el tramo horario, dividiéndose normalmente en periodo diurno, entre las 08:00 y las 22:00 o 23:00 horas, y el periodo nocturno que es el resto de la jornada.

En términos generales, los ayuntamientos fijan un máximo de 35 decibelios en el interior de los apartamentos durante el día, mientras que durante la noche el límite desciende de manera estricta a un rango de entre 25 y 30 decibelios.

Estas cifras son importantes de comprender porque, por ejemplo, una lavadora convencional suele emitir entre 45 y 50 dB durante el lavado, una cifra que se dispara hasta los 70 dB durante el proceso de centrifugado.

Una persona poniendo la lavadora.

Una persona poniendo la lavadora.

En otras palabras, sólo por poner la lavadora técnicamente ya estamos superando el límite, pero en la práctica esto solo suele ser un problema durante el periodo nocturno y no implica una multa automática.

El motivo se encuentra en la Ley de Propiedad Horizontal, que otorga el poder a las comunidades de vecinos a exigir el cese de actividades molestas o insalubres dentro del edificio, y eso incluye ruidos molestos y constantes que dificulten el descanso.

Por lo tanto, si el ruido de un electrodoméstico en un piso vecino realmente nos molesta, el primer paso debería ser solicitar la convocatoria de una Junta Extraordinaria que permita llegar a un acuerdo consensuado para el uso de electrodomésticos teniendo en cuenta las necesidades de cada ocupante.

Sólo si esta vía se agota, entonces es cuando la Comunidad puede iniciar acciones judiciales directas y cuando podemos presentar una queja al Ayuntamiento, que es el que tiene las competencias para multar por ruidos en el municipio.

Multas por ruido en ciudades españolas

Sin embargo, hay que tener en cuenta que cada ciudad española aplica sus propios criterios y niveles de sanción en función de la gravedad del exceso, y únicamente una vez que haya sido medido por la policía local.

Las multas se dividen en infracciones leves, que se aplican al superar por pocos decibelios el límite permitido y de manera puntual, a infracciones graves, que ocurren por reincidencia o por ruidos muy fuertes de madrugada.

Las temperaturas en Madrid una noche de verano

Las temperaturas en Madrid una noche de verano iStock

Por ejemplo, en Madrid la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica establece que el periodo nocturno empieza a las 23:00 horas y termina a las 07:00 del día siguiente. Las multas leves empiezan en los 90 euros y pueden alcanzar los 750 euros, pero las infracciones graves o reincidentes se elevan a los 1.500 euros.

En cambio, en Barcelona la regulación es más estricta en todos los sentidos. La ordenanza prohíbe de manera expresa las actividades domésticas ruidosas entre las 21:00 y las 08:00 horas, y las sanciones pueden llegar a superar los 3.000 euros en los casos más graves.

El resto de capitales españolas tiene ordenanzas que se sitúan en alguna parte entre estos extremos. En Valencia, la franja nocturna es entre las 22:00 y las 08:00 horas y las multas parten de los 600 euros, igual que en Bilbao, mientras que en Sevilla las sanciones son similares pero el periodo empieza a las 23:00.

Por lo tanto, es importante informarse de cuáles son las reglas específicas de nuestro municipio antes de poner la lavadora a una hora intempestiva o si queremos quejarnos de un vecino.