Cualquier operación que realicemos en estas plataformas está sujeta a tributación.

Cualquier operación que realicemos en estas plataformas está sujeta a tributación. Istock

Belleza

¿Tengo que declarar a Hacienda lo que cobre por venta de ropa en 'apps' de segunda mano?

Si sueles recurrir a este tipo de ventas, toma nota de las obligaciones legales que conlleva.

9 octubre, 2022 01:59

En los últimos años se han popularizado las plataformas de venta de objetos de segunda mano, que ya no nos son útiles, como fórmula además de conseguir unos ingresos adicionales. 

[Ahorrar reciclando: 5 tiendas en las que comprar ropa nueva a cambio de tu ropa usada]

El procedimiento que se instrumenta es el siguiente: el potencial vendedor ha de descargar una app en su dispositivo móvil. Toma fotografías de lo que desea vender y las remite a una página web, acompañadas de una descripción y un precio determinado. La empresa no suele cobrar comisión por la operación, de modo que, una vez valide el comprador la recepción del artículo, podrá materializarse el pago.

¿He de declarar ante Hacienda las ganancias que obtenga?

Sí. Tenemos que tener en cuenta que cualquier operación que realicemos en estas plataformas está sujeta a tributación, del mismo modo que las transacciones físicas.

Los pagos de realizan –usualmente- a través de PayPal, tarjeta bancaria, Apple Pay o determinados procedimientos específicos de la propia plataforma –como el llamado “saldo Vinted”-, que posibilitan al proveedor de servicios de pago retrasar la transferencia de fondos al vendedor hasta la perfecta validación de todas las circunstancias que acompañan a la venta.

Además, usualmente el precio del artículo se ve incrementado por una pequeña tasa de protección al comprador, de modo que este recibirá un reembolso en caso de que el artículo no llegue a destino, se detecte un daño o el producto recibido no se corresponda con la descripción inicial.

Por tanto, va a ser el vendedor, y no la plataforma intermediaria, el responsable fiscal ante una eventual ganancia patrimonial derivada de la operación. En cuanto a la plataforma, sus ingresos provienen de la monetización de los servicios de pago y envío, además de los derivados de la publicidad en su página web.

¿Qué tipo de ingresos son ante la Hacienda Pública?

En el supuesto de que la venta me genere una ganancia, por ser el valor de venta superior al valor de compra, la ganancia debería declararse en todo caso, y el beneficio tributará en la base del ahorro en el Impuesto de la Renta a un tipo de entre el 19 % y el 26 %. Pero debemos de tener en cuenta que las pérdidas no.

Es decir, a efectos del impuesto, solo habrá que declarar las ventas que hayan generado una ganancia al propietario del bien que, dicho sea- suelen ser una minoría. Lo normal es que, al vender un producto usado, el precio por el que se materialice la venta sea inferior al de la compra original, es decir, que genere una pérdida. 

La ganancia así obtenida se sumará a otros ingresos obtenidos en la casilla del ahorro del contribuyente. Dependiendo de la cuantía, se deberá aplicar un determinado tipo de interés. Así, los primeros 6.000 euros de ganancia tributan al 19%; la cantidad restante hasta 50.000 euros lo hace al 21%; al remanente, en su caso, hasta 200.000 euros se aplica un porcentaje del 23%; y cualquier cantidad en adelante lo hará al 26%.

Estas cifras se refieren a las comunidades autónomas de régimen general (todo el territorio español), pues si residimos en el País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra, los tipos y cantidades son diferentes. 

No debemos olvidar que la venta de productos de segunda mano que realicemos en estas plataformas online (Wallapop, Ebay, Amazon, etc.) están también sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) en su modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) y deberán tributar al 4%.

Finalmente, debemos de tener en cuenta la frecuencia con la que se realizan estas operaciones. Si se hacen de forma habitual se está produciendo una actividad económica, y, por tanto, deberemos de darnos de alta como autónomo, declarar el IVA y asumir el resto de responsabilidades.

*Manuel Martínez Mercado es abogado y doctor en Derecho.