Desde hace mucho tiempo, la situación de los animales callejeros en Perú es un problema. El Ministerio de Salud calcula que hay alrededor de 6 millones de perros en situación de calle en el país.
4 millones de estos se concentran en la capital, Lima, generando un serio problema de salud pública y bienestar animal. Adicionalmente, arrastra un déficit habitacional que supera 1,9 millones de viviendas.
Hasta ahora se han aprobado normas como la Ley de protección y bienestar animal (Ley 30407), junto con medidas sectoriales —como las funciones asignadas a SENASA respecto de perros y gatos abandonados— para combatir el maltrato y la sobrepoblación.
En respuesta a esta situación, surge la Ley N.º 32396, que busca abordar al mismo tiempo la falta de vivienda adecuada y la crisis de abandono animal, ofreciendo beneficios concretos en educación y vivienda a quienes se comprometen con el voluntariado en protección animal.
Las ventajas del voluntariado
Esta ley reconoce formalmente ese voluntariado y lo vincula con ventajas en la educación superior y en el acceso a programas de vivienda social, aunque su aplicación plena queda supeditada a una reglamentación aún en trámite.
En la práctica, actualiza el régimen de voluntariado para que las horas certificadas puedan ser validadas como créditos académicos universitarios y como criterio de evaluación dentro de los programas de vivienda social.
Un aspecto clave es que 180 jornadas de voluntariado formal, realizadas en un periodo de dos años, podrán incrementar el puntaje de los postulantes en los sistemas de calificación de programas como Techo Propio y el Fondo MiVivienda.
El 10 de enero de 2026, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) difundió el proyecto de reglamento mediante la Resolución Ministerial N.º 000015-2026-MIMP y lo sometió a consulta pública, de modo que los beneficios aún no se aplican de forma completa ni automática.
El marco regulado
Para que el voluntariado sea válido, la entidad donde se realiza debe estar formalmente reconocida y registrada ante el MIMP, de manera que pueda certificar las jornadas. Solo las actividades inscritas en el Registro Nacional de Voluntariado serán tomadas en cuenta, quedando excluidos los voluntariados informales o no registrados.
Las jornadas deben integrarse en programas de protección y rescate animal —como rescate, albergue, campañas de adopción o de esterilización— que se desarrollen dentro del marco regulado del voluntariado.
Además, el MIMP brindará asistencia técnica a las organizaciones de voluntariado para favorecer su formalización y prevenir certificaciones irregulares, reforzando así la credibilidad y solidez del registro oficial.
No se trata de que el voluntariado reemplace requisitos económicos, sino de una nueva manera para hacer frente al enorme problema del abandono y de las viviendas. Es un criterio adicional que mejora la posición del postulante frente a otros solicitantes.
Rescatar, cuidar y prevenir son gestos que las sociedades necesitan para cambiar la mentalidad con la cual la ciudadanía se aproxima a los animales, empatizar con ellos y evitar los abandonos masivos.
