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Málaga

Ya es oficial: casi 10 años de cárcel para los acusados de intentar secuestrar a un hombre dos veces en Málaga

Ambos han sido juzgados por los delitos de secuestro en grado de tentativa, robo con violencia, falsedad documental y tenencia ilícita de arma.

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El TSJA confirma la condena a seis personas por dos intentos de secuestro en Málaga, con penas de hasta nueve años y medio de prisión para los principales acusados.

Los procesados intentaron capturar a la víctima en Alhaurín de la Torre y en un aparcamiento de Málaga en 2023, usando pasamontañas, chalecos policiales y placas falsas.

En el segundo intento, encañonaron al primo de la víctima, golpearon al hombre y horas después uno de los acusados amenazó de muerte al familiar por videollamada.

El tribunal absuelve a una acusada del delito de tenencia ilícita de armas al no probarse que conociera o pudiera disponer de la pistola, aunque mantiene el resto de su condena.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a seis personas, entre ellas una exnovia de la víctima, por intentar secuestrar en dos ocasiones a un hombre y amenazar de muerte a un primo de este. Solo estima el recurso de apelación de una acusada en el sentido de absolverla del delito de tenencia ilícita de armas.

Según el apartado de hechos probado de la sentencia de la Audiencia, que ratifica ahora el alto Tribunal andaluz, durante 2023, dos de los acusados, de común acuerdo, intentaron privar de libertad a un hombre y obtener del mismo el pago de una suma de dinero indeterminada, contando con la colaboración de otra procesada, exnovia de la víctima, que estaba en prisión por otra causa.

Así, la resolución precisaba que, en junio de dicho año, esos dos acusados, junto con otros dos procesados y otra persona no identificada, se pusieron de acuerdo para secuestrar a la víctima en Alhaurín de la Torre (Málaga), metiéndolo en un vehículo, pero no lo lograron al resistirse fuertemente el hombre, que resultó lesionado en esa acción.

En ese momento, con el fin de ocultar su identidad y no ser reconocidos, los acusados portaban pasamontañas que les cubría la cara, del mismo modo llevaban chalecos policiales y una placa de la Policía que a la vista se observaba que era falsa. Además, aprovechando "la violencia que ejercían sobre la víctima" para secuestrarle, se apoderaron de una mochila.

Posteriormente, en septiembre de 2023, con la misma finalidad, al no haber tenido éxito al intentar privar de libertad al hombre, los acusados lo intentaron de nuevo en el interior de un aparcamiento en Málaga, en el que la víctima estacionaba su vehículo, explica la resolución.

Cuando el hombre entró en el parking, junto con su primo, fueron sorprendidos por una furgoneta con placas cambiadas de la que salieron tres de los procesados, llegando a encañonar al familiar y forcejear con la víctima, a la que golpearon. De nuevo, los acusados no lograron su propósito y las víctimas consiguieron salir del lugar.

Horas más tarde, uno de los acusados intimidó mediante videollamada al primo del hombre "con matarlo", empleando expresiones como "esta tarde te hemos tenido a tiro, hemos sido nosotros y no va a haber una tercera vez, soy delincuente desde chico y no tengo nada que perder. Si mañana estás en la tienda te tiro dos granadas y si no te matan te pego cuatro tiros".

Finalmente, en octubre del mismo año, los acusados fueron detenidos cuando iban en otra furgoneta también con las placas falsas en la que llevaban "útiles necesarios para la realización de actividades ilícitas que no se han acreditado en juicio", tales como máscaras, bridas, espray de defensa personal, guantes y una pistola, arma prohibida y en perfecto estado de funcionamiento.

Por estos hechos se condenó por los delitos de secuestro en grado de tentativa, robo con violencia, falsedad documental y tenencia ilícita de armas, según la participación de cada acusado, aunque a los dos principales se les impuso nueve años y nueve años y medio de prisión, pena que ahora ha sido ratificada.

Se absolvió a los acusados del delito de pertenencia a grupo criminal, al considerar que se trata de "un supuesto de co-delincuencia y no grupo criminal", pues señala que aunque los hechos "no obedecían a la simple improvisación", tampoco se puede entender que el conjunto de los acusados, la agrupación que formaban, tuviera por objeto la comisión de hechos delictivos plurales", distintos a estos.

También se les eximió de responsabilidad respecto de un tercer intento de secuestro de la misma víctima, al entender el Tribunal de Málaga que no había quedado acreditado sin dudas los planes de los acusados para eso cuando fueron localizados y detenidos en esa segunda furgoneta.

Ante esta sentencia, los acusados presentaron recursos que ahora el TSJA rechaza al confirmar los argumentos de la Audiencia de Málaga para condenar por el secuestro. Sí estima el recurso de la defensa de la procesada, que alegó que ella había reconocido que se puso de acuerdo con los otros para llevar a cabo el secuestro, pero no participó directamente en el mismo.

En este caso, el Tribunal andaluz precisa que no consta que la acusada conociera que el resto de acusados que iban a llevar a cabo el secuestro poseían e iban a usar una pistola; además de que "es indudable que no pudo tener el arma a su disposición al encontrase interna en un centro penitenciario", por lo que la absuelve del delito de tenencia ilícita de armas, manteniendo el resto de condena.