Vivienda en alquiler.
Confirmado por ley: el propietario debe hacerse cargo de las reparaciones en una vivienda alquilada
Así lo establece el artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
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Una caldera que deja de funcionar en pleno invierno, una gotera que aparece tras las lluvias o una instalación eléctrica que falla son situaciones habituales en millones de hogares de alquiler en España.
El artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que el arrendador debe realizar todas las reparaciones necesarias para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad y apta para el uso pactado.
Además, lo hace sin derecho a aumentar la renta por ese motivo.
Esta obligación afecta a los elementos que garantizan que la vivienda sea habitable, como la estructura, las instalaciones de agua, luz y gas, los techos y las cubiertas, la calefacción o los problemas graves de humedades.
La obligación del propietario tiene límites. La propia ley señala que las pequeñas reparaciones derivadas del desgaste por el uso ordinario de la vivienda corren a cargo del inquilino.
Se incluyen aquí, por ejemplo, el cambio de una bombilla, el arreglo de un enchufe o el mantenimiento básico de grifos y persianas.
Tampoco tendrá que asumirlas el propietario cuando el daño sea imputable al inquilino, es decir, cuando haya sido causado por un uso negligente o por un mal uso de la vivienda.
La ley obliga al inquilino a avisar al propietario en el plazo más breve posible de la necesidad de la reparación, y dejar constancia por escrito.
Un burofax, un correo electrónico o un mensaje que permita acreditar la fecha y el contenido del aviso pueden ser decisivos si hay conflicto.
Asimismo, es importante documentar el problema. Fotografías, vídeos o informes técnicos refuerzan la reclamación.
Si el problema es urgente y el propietario no responde, el inquilino puede encargar la reparación por su cuenta y reclamar después el importe, por lo que debe conservar facturas y justificantes.
Si el arrendador ignora sus obligaciones, el inquilino puede exigir judicialmente el cumplimiento, reclamar los daños sufridos o, en casos graves de inhabitabilidad, solicitar la resolución del contrato.
En obras de larga duración, la LAU también contempla una reducción proporcional de la renta.
Las cláusulas del contrato que trasladen al inquilino reparaciones de conservación que corresponden por ley al propietario pueden ser cuestionadas, ya que la norma busca proteger la habitabilidad de la vivienda.
Aun así, cada caso depende de su redacción y de las circunstancias concretas.