Concejalía de Hacienda de Madrid.

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Sociedad

La declaración de la renta en Madrid cambia por completo: esto es lo que más te puede afectar

Este 2023, Hacienda incorpora algunos cambios en la campaña de la renta a nivel autonómico, entre los que se encuentran las rebajas fiscales del IRPF. 

22 febrero, 2023 02:28

La declaración de la renta del ejercicio del año 2022 está a la vuelta de la esquina. Según la Agencia Tributaria, oficialmente la campaña de la renta empieza este año el martes 11 de abril de 2023 y termina el 30 de junio, viernes, siendo el 3 de mayo el primer día en que se puede solicitar la cita telefónica para realizarla. Si se prefiere pedir una cita presencial, el plazo se abre el 25 de mayo. Para pedir los dos tipos de citas el intervalo llega a su fin el 29 de junio.

Otro de los datos imprescindibles a tener en cuenta en esta campaña de la renta 2023 es que las personas que no superen los 15.000 euros brutos anuales, que provengan de su rendimiento en 2022, no están obligadas a realizar la declaración, aunque tienen la posibilidad de realizar el borrador para comprobar si les sale a pagar o a devolver. 

Con esta información principal sobre la mesa, el protagonismo se centra ahora en las novedades que se aplican este año en la Comunidad de Madrid respecto al ejercicio del año pasado que tienen que declarar los contribuyentes. 

[Así será la declaración de la renta 2022: desde una rebaja en el IRPF a los autónomos hasta el impuesto a los 'ricos']

Bajada del IRPF

El pasado mes de mayo de 2022, la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, anunció que su Gobierno deflactaría todos los tramos del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) en 2023 para compensar el impacto de la subida de los precios, que se produjo el año pasado, "de manera que si una familia ingresa más ese año, su tramo de renta será ajustado para que siga pagando los mismos impuestos y no pierda su poder adquisitivo por culpa de la inflación", detalló la presidenta. 

Esto se traduce en que la subida de sueldos que se haya aplicado a los madrileños no les haga entrar en un tramo superior del IRPF, lo que supondría que tuvieran que pagar más en la declaración de la renta actual. De esta forma, la deflactación serviría para que los contribuyentes de Madrid sigan aportando lo mismo que hasta ahora y que el incremento de salarios pueda cubrir el aumento de gastos en elementos tan básicos como la cesta de la compra, la energía eléctrica, el alquiler o los carburantes, entre otros. 

Tramos del IRPF 2023 en Madrid

Así, con la aplicación de la deflactación del gravamen autonómico, los nuevos tramos del IRPF en la Comunidad de Madrid para este 2023 quedan de la siguiente manera: 

  • Primer tramo con base liquidable hasta 12.960,45 euros: 8,5%.

  • Segundo tramo de los 12.960,45 euros a los 18.433,19 euros: 10,70%.

  • Tercer tramo desde los 18.433,19 euros a los 34.350,49 euros: 12,80%

  • Cuarto tramo desde los 34.350,49 euros a los 55.601,89 euros: 17,4%.

  • Quinto tramo desde los 55.601,89 euros en adelante: 20,5%.

De este modo, las rebajas fiscales de Ayuso beneficiarán a 3 millones de madrileños, lo que significa en total 200 millones de ahorro a los contribuyentes, quedando así las bajadas: rebaja del 6,3% con sueldo bruto de 20.000 euros, rebaja del 2,7% con sueldo de 32.600 euros y rebaja del 1,5% con sueldo de 90.000 euros.

Más cambios en la declaración de la renta 

Además de la rebaja del IRPF, hay algún cambio más que también es significativo a nivel de la Comunidad de Madrid. Cómo se informó en otro artículo de EL ESPAÑOL, otro de los cambios para la declaración de la renta del ejercicio del 2022 es la incorporación del Impuesto Temporal de Solidaridad. 

Este se configura como un impuesto complementario del Impuesto sobre el Patrimonio, de carácter estatal, no susceptible de cesión a las Comunidades Autónomas, para gravar con una cuota adicional los patrimonios de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros.

Por otro lado, en materia de vivienda, existe otra novedad que afectará a los alquileres. Según informó Invertia, en concreto se trata de que "los contribuyentes propietarios de vivienda en alquiler podrán deducirse el 10% de las cantidades satisfechas por gastos de conservación y reparación. También por la formalización de los contratos de arrendamiento, primas de seguros por daños e impagos, y por la obtención de certificados de eficiencia energética vinculados con dichos arrendamientos. Eso sí, el límite de la deducción es de 150 euros anuales".