Isabel Díaz Ayuso antes de un pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid.

Isabel Díaz Ayuso antes de un pleno de la Asamblea de la Comunidad de Madrid. Alberto Ortega Europa Press

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Ya está confirmado: ayudas de hasta el 99% a los autónomos bonificando el Impuesto de Sucesiones

La Comunidad de Madrid ha dado luz verde al Proyecto de Ley de Apoyo a la Empresa Familiar.

Más información: Confirmado por la Comunidad de Madrid: la nueva ayuda para que miles de comercios puedan deducirse al 95% este impuesto

I. Gilabert
Publicada

Las claves

La Comunidad de Madrid ha aprobado ayudas fiscales que bonifican hasta el 99% el Impuesto de Sucesiones para autónomos y empresas familiares.

La reducción fiscal se aplicará a herencias o donaciones de negocios, siempre que el nuevo titular mantenga la actividad durante cinco años.

La ley amplía los beneficiarios a ascendientes, colaterales hasta primos y empleados clave con al menos diez años de antigüedad y funciones directivas.

Se eliminan requisitos como la edad mínima del donante y la actividad como principal fuente de renta, beneficiando a unos 1.500 contribuyentes al año.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid tiene diferentes ayudas fiscales para sus ciudadanos. Muchas de estas están centradas en impulsar negocios que pueden presentar dificultades, como pueden ser los de los autónomos.

Es por eso que se ha dado luz verde a las ayudas que afectarán a miles de empresas en Madrid, especialmente a las que tienen un carácter familiar. Se trata del Proyecto de Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, con ayudas fiscales que podrán alcanzar hasta el 99% para facilitar el relevo generacional.

Así lo anunció la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, desde Morata de Tajuña, donde se celebró la reunión del Consejo de Gobierno de manera extraordinaria. Este proyecto de ley será remitido a la Asamblea de Madrid para iniciar su tramitación parlamentaria.

Esta norma establece nuevos beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones con el objetivo de facilitar el relevo generacional y garantizar la continuidad de estos negocios.

La principal novedad es que, en los supuestos de adquisición por herencia o donación de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones sociales, la reducción de la base imponible se eleva del 95% al 99%, siempre que el nuevo titular mantenga los bienes en su patrimonio y continúe con la actividad económica durante los cinco años siguientes.

La nueva normativa amplía significativamente el alcance de los parientes, que pueden acogerse a estas mejoras respecto a la legislación estatal.

Así, además de los descendientes y cónyuges, se incorporan como beneficiarios a ascendientes y colaterales de segundo y tercer grado (hermanos, tíos y sobrinos), así como a los primos (colaterales de cuarto grado).

Se extiende, de la misma manera, a trabajadores que tengan una especial relación con la empresa, con diez años de antigüedad y que hayan ejercido funciones de dirección durante los últimos cuatro.

Asimismo, se simplifican los requisitos de acceso, eliminando exigencias como la edad mínima de 65 años del donante o la consideración de la actividad como principal fuente de renta. Se estima que estas medidas beneficiarán anualmente a unos 1.500 contribuyentes madrileños, generando un ahorro fiscal aproximado de dos millones de euros al año.

Está previsto que la ley reciba su aprobación final en el Parlamento regional a mediados de año, y que entre en vigor el primer día del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).