Unos jóvenes esperan frente a un piso de alquiler turístico.

Unos jóvenes esperan frente a un piso de alquiler turístico. Europa Press

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Adiós a multar a propietarios de pisos turísticos en Madrid: el precedente que permite revocar sanciones de miles de euros

Una sentencia del TSJM ha permitido al dueño de una casa alquilada a turistas eludir una penalización de 30.001€ a pesar de no tener entrada independiente.

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Las claves

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha revocado una multa de 30.001 euros a un propietario de piso turístico por no tener acceso independiente.

La sentencia considera que la falta de entrada independiente no es incompatible con el uso turístico del inmueble, contradiciendo la interpretación del Ayuntamiento.

Este fallo crea un precedente que podría permitir a otros propietarios de pisos turísticos en Madrid impugnar sanciones similares.

La decisión aún no es firme y el Ayuntamiento de Madrid puede recurrirla ante el Tribunal Supremo.

La cartera de la vivienda es una de las más calientes que tiene la Comunidad de Madrid, una región que, como tantas otras, afronta un momento muy importante de los últimos años. Presidentes como Isabel Díaz Ayuso comienzan la recta final de su legislatura. Y por ello, cada incendio puede ser una barrera hacia la victoria.

No parece ser el caso este de la presidenta de la Comunidad de Madrid, una de las dirigentes que cuenta con mayor aceptación entre su electorado. Sin embargo, nunca está de más poner especial atención a aquellas cuestiones más conflictivas, tal y como sucede con la dificultad que tienen los madrileños para acceder al mercado de la vivienda, ya sea en formato de alquiler o de compra.

Por ello, desde el Ejecutivo regional se han puesto en marcha en los últimos tiempos diferentes programas de ayudas para favorecer que los ciudadanos tengan estas posibilidades más a su alcance. O incluso se han lanzado paquetes de viviendas, tanto para alquiler como para compra, a precios accesibles y con condiciones ventajosas.

Sin embargo, el problema en Madrid en lo referente a la vivienda es mucho más amplio de lo que compete solamente a unos precios disparados y a una demanda que no para de crecer a pesar de la escasez de suelo. Una de las polémicas que rodea a este sector es la especulación inmobiliaria, la cual está muy ligada con la comercialización turística de los pisos.

Muchos vecinos de toda la vida se quejan de que las viviendas que tienen alrededor están habitadas por personas de paso ajenas a la comunidad, lo que termina generando problemas de convivencia. Y aunque en muchos casos estos propietarios terminan siendo multados, hay precedentes que indican que los dueños de estos pisos también pueden revocar sus sanciones.

Cómo evitar multas por pisos turísticos

El propietario de una vivienda destinada a alquiler turístico en Madrid había sido multado con 30.001 euros al no tener entrada independiente a su vivienda. Sin embargo, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha revocado dicha sanción al considerar que este hecho no es incompatible con destinar el inmueble a fines turísticos.

Esta noticia, adelantada por El País, sienta un precedente muy importante, ya que podría suponer un efecto llamada para aquellos propietarios de pisos turísticos que han sido multados y que podrían librarse de sus 'penas'.

En este caso, el conflicto residía en que una empresa había explotado un piso turístico en el centro de Madrid a pesar de no tener acceso independiente, siendo esta una de las condiciones de la nueva normativa municipal para aprobar este tipo de viviendas. Y según el TSJM, el Consistorio interpretó de manera excesiva la ley, violando el principio de tipicidad.

En definitiva, la actual ley, a través de la cual el Ayuntamiento de Madrid sancionó a los propietarios, no describe de forma clara qué constituye o no una infracción. Por ello, finalmente la multa ha sido anulada. Y a la vez, ha abierto la puerta a que otros propietarios de este tipo de viviendas tan polémicas puedan impugnar otras sanciones. Eso sí, la sentencia aún no es firme y el Ayuntamiento podría recurrirla ante el Tribunal Supremo.

El origen del caso se remonta al año 2018, cuando la Agencia de Actividades, organismo dependiente del Ayuntamiento que se encarga de este tipo de casos, realizó una inspección en una vivienda de la calle Toledo, multando a los propietarios con 30.001 euros porque el piso turístico que tenían en el edificio no disponía de un acceso independiente.

El Ejecutivo municipal calificó esta falta como un uso incompatible y un juzgado de lo contencioso le dio la razón. Sin embargo, los propietarios recurrieron ante el TSJM, que ahora ha fallado a su favor indicando que carecer de acceso independiente no es un "uso incompatible". Es por ello que el Ayuntamiento habría hecho una interpretación forzada de la ley.

La sentencia que da la razón a la defensa de los propietarios explica que "el hecho de que la edificación no disponga de acceso independiente, lo que determinaría no es la incompatibilidad del uso, sino un incumplimiento de las concretas condiciones de implantación del uso". Una sentencia que, a su vez, podría amparar a otros propietarios de viviendas turísticas en similares circunstancias.

Ahora, podría ser el Tribunal Supremo quien tenga la última palabra si el Ayuntamiento de Madrid decide recurrir dicho veredicto. Pero si el Supremo avala el criterio del TSJM, el Consistorio podría estar ante un problema importante.