
Autobuses interurbanos de la empresa Martín.
Esto es lo que puedes llevar y lo que no en el autobús según la nueva norma que prepara Ayuso para todo Madrid
Será de aplicación en todos los autobuses dependientes del Consorcio Regional de Transportes.
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Una maleta, las cajas de una mudanza, tu bicicleta antes de iniciar una ruta por El Pardo… Son muchos de los objetos que, día a día, pueden verse en los autobuses de la Comunidad de Madrid, tanto regionales como urbanos. Pero, ¿puedo llevar una mesa de camping? ¿Y unas sillas que he comprado en Ikea?
El Gobierno de la Comunidad de Madrid está preparando una nueva normativa para regular las condiciones que han de cumplir los usuarios que viajen con objetos en los autobuses de transporte público titularidad del Consorcio Regional.
Es decir, autobuses interurbanos y urbanos que conectan los municipios de la región, salvo los operados por la EMT en la capital, que quedan fuera del ámbito de aplicación.
La futura orden, actualmente en fase de tramitación, concreta por primera vez qué se puede llevar y bajo qué condiciones.
Según el borrador, se permitirá viajar con un único objeto por persona, siempre que no suponga una molestia o un riesgo para los demás pasajeros.
Se autoriza, por norma general, el acceso con bolsos, maletines y mochilas de hasta 50x30x10 cm, carritos de la compra, maletas de cabina (hasta 55x40x20 cm), bicicletas sin pedales y correpasillos para niños, instrumentos musicales en su funda, y material deportivo debidamente embalado.
En todo caso, estos objetos deberán ir en espacios habilitados dentro del vehículo o, preferiblemente, en la bodega si el autobús dispone de ella. Los instrumentos musicales, por su delicadeza, viajarán siempre en el habitáculo interior, aunque se limitará su número a dos por expedición si son de gran tamaño.
Las mochilas no podrán llevarse a la espalda y tendrán que ir colgadas de la mano o sujetas. Si el autobús está lleno o no hay espacio específico libre, el conductor podrá denegar el acceso o pedir al pasajero que abandone el vehículo, sin perjuicio de que ese billete siga siendo válido para el siguiente autobús.
Además, el texto deja claro que no se permitirá el transporte de objetos que, por su suciedad, volumen o características, puedan causar molestias, ruido, manchas o riesgo para los demás viajeros.
Las empresas concesionarias dispondrán de un plazo de un año desde la entrada en vigor de la norma para adaptar sus vehículos con espacios adecuados para este tipo de objetos.
Patinetes eléctricos, fuera del transporte público desde 2023
Uno de los puntos más relevantes —por su impacto en el día a día— es el veto a los patinetes eléctricos, una prohibición que sigue plenamente en vigor.
Desde el 4 de noviembre de 2023, estos dispositivos están completamente vetados en todo el sistema de transporte público madrileño: Metro, Cercanías, EMT, autobuses interurbanos, tranvías y metros ligeros. La decisión se tomó tras un grave incidente en la Línea 2 del Metro, donde la batería de un patinete explotó provocando humo y alarma entre los pasajeros.
La Comunidad de Madrid justificó la medida por motivos de seguridad y riesgo de incendio. Desde entonces, no se permite el acceso con ningún patinete eléctrico, independientemente de que esté plegado, apagado o envuelto. Solo están permitidos los patinetes infantiles sin motor y los correpasillos, siempre que cumplan con el resto de requisitos recogidos en el nuevo reglamento.