Plaza del Dos de Mayo, en Malasaña.

Plaza del Dos de Mayo, en Malasaña. Eduardo Parra Europa Press

Madrid Capital

El otro lío con el Dos de Mayo: el ganador del concurso para reformar la mítica plaza de Malasaña se saltó las normas

Los responsables del proyecto ganador, que luego fue declarado nulo, niegan que su proyecto vulnerase las bases del concurso.

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La Plaza del Dos de Mayo nació en 1869. Su historia recuerda el levantamiento del pueblo de Madrid contra la ocupación francesa a principios del siglo XIX. En esta plaza se honra a los héroes militares de aquel episodio, Daoiz y Pedro Velarde, con unas esculturas junto al Arco de Monteleón, único resto del Parque de Artillería, que defendió la pareja de militares uniéndose a la revuelta popular hasta su muerte el mismo 2 de mayo de 1808.

Corazón de Malasaña, barrio referente de la Movida madrileña, el Ayuntamiento y el Colegio de Arquitectos (COAM) convocaron un concurso de ideas para remodelar la plaza. Pero el final de la competición no fue el esperado. La propuesta ganadora y la que quedó en tercer lugar incumplieron las bases: ambos diseños movían el famoso grupo escultórico, algo no permitido.

En cualquier caso, se trataba de proyectos. No de una resolución final. El jurado -compuesto por altos cargos del Ayuntamiento, del Colegio y reputados arquitectos- excluyó las propuestas y declaró desiertos el primer y tercer premio.

Ahora, una vez finalizado el proceso del concurso de ideas, el Área municipal de Obras y Equipamientos analizará las "posibles alternativas" para reformar este mítico espacio. Hace una semana, en la comisión mensual de este departamento, el líder de Vox en la capital, Javier Ortega Smith, criticó duramente lo ocurrido: "Fíjese en la chapuza monumental (...) De 56 proyectos, con las distintas fases de preselección, llegan ustedes [refiriéndose al jurado] a elegir justo uno que incumple radicalmente las bases del concurso y, tras las alegaciones de otros concursantes, se ven obligados a tener que cambiar su veredicto".

El Consistorio de José Luis Martínez-Almeida convocó el concurso de ideas a mediados del año pasado. El objetivo: premiar una propuesta ganadora que sirviera de base para la redacción del proyecto de reurbanización de este enclave del barrio de Universidad, en el distrito Centro.

Los concursantes pudieron presentar sus proyectos hasta el 30 de octubre. El jurado, formado por Paloma García Romero (delegada del Área de Obras), Sigfrido Herráez (decano del COAM) o arquitectos como Juan Fisac o José Ignacio Linazasoro, comenzó a valorar las ideas en diciembre. El concurso también era económico: dotaba con 14.200 euros al primer puesto, con 9.480 al segundo y con 6.320 al tercero.

El segundo clasificado advirtió

Tras las deliberaciones, se eligieron tres propuestas ganadoras. El primer premio se lo llevó el proyecto 'Mise en abyme', de Adrián Paterna, Gonzalo Peña y el estudio, KAL A, de Miguel Sotos y Sofía Romeo.

Bajo el lema 'Sol y Sombra', los autores Carlos Alberto Pita Abad y Xoán Manuel Pérez Lorenzo se quedaron con el segundo premio. La propuesta 'Blanca Calma', del estudio de arquitectura Campo Baeza, se situó en tercer lugar.

En una segunda sesión del jurado, el secretario informó al resto de miembros de que había tres reclamaciones que se quejaban de la elección del primer y el tercer puesto. Uno de los escritos, en concreto, lo firmaron Pita Abad y Pérez Lorenzo, segundos en el concurso.

Los reclamantes aludían al apartado 3 de las bases técnicas. Argumentaban que no era posible adjudicar el primer y el tercer premio porque vulneraba la regulación de la competición. El jurado revisó las propuestas y, finalmente, verificó que ambas desplazaban el grupo escultórico de Daoiz y Velarde y el Arco de Monteleón. Efectivamente, incumplían las bases. Así que excluyó las ideas y declaró desiertos el primer y tercer premio, pero mantuvo el segundo.

"Como no podía ser de otra forma, el Área de Obras y Equipamientos respeta escrupulosamente el contenido completo de las bases y pliegos de cualquier concurso de libre concurrencia", defendió Paloma García Romero en la comisión de la semana pasada.

La concejal subrayó que no se había firmado un acto administrativo, sino una propuesta que fue evaluada por su calidad. Además, explicó que, una vez resuelto el concurso, la resolución también debía superar el filtro de la Comisión de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, encargado de avalar la idea o de subsanarla con una resolución posterior.

Comunicado de los responsables de 'Mise en abyme'

En relación con las informaciones publicadas recientemente por este medio, el equipo de la propuesta MISE EN ABYME quiere manifestar que discrepamos de la conformidad a Derecho de la segunda acta del jurado del Concurso que excluyó nuestra propuesta y que, por ello, el día 24 de abril presentamos una reclamación contra ella en el que expusimos los siguientes argumentos:

* Primero: Consideramos que el nuevo fallo es nulo porque las actas del jurado son actos de trámite que no pueden ser impugnados directamente (lo que puede impugnarse, en su caso, es el acto de adjudicación posterior) y porque el jurado no es competente para resolver recursos administrativos. El jurado del concurso, sin ninguna base legal para ello, ha considerado que era jurídicamente válido presentar reclamaciones contra su primera acta (la exclusión, como claramente se explica en la segunda acta, es una consecuencia de las reclamaciones de otros participantes) y ha entendido que es un órgano competente para analizarlas y resolverlas. En este sentido, cabe traer a colación las declaraciones de la concejala Paloma García Romero que se mencionan en la información del El Español: "La concejal subrayó que no se había firmado un acto administrativo, sino una propuesta que fue evaluada por su calidad". Esta afirmación viene a ratificar nuestra posición: la primera acta no era impugnable y el jurado no tenía base legal alguna para revocarla y dictar una segunda acta.

* Segundo: El nuevo fallo del jurado es nulo porque se ha dictado vulnerando nuestros derechos de defensa al no haber dado trámite de alegaciones. El jurado no solo resolvió unas reclamaciones contra un acto que no era impugnable y sin tener competencia para ello, sino que, además, lo hizo vulnerando nuestros más elementales
derechos de defensa: no se nos informó de las reclamaciones y no se nos dio trámite de audiencia.

* Tercero: Es falso que nuestra propuesta incumpliera las Bases del Concurso. El movimiento de la escultura de nuestra propuesta no han incurrido en motivo de exclusión en ningún momento. Respecto a este punto: El proyecto no incumplía las bases, que son orientativas respecto al movimiento de un monumento histórico y en ningún caso contemplan la exclusión de ningún participante. En las propias preguntas y respuestas de las bases del concurso, procedimiento habitual de resolución de dudas, se deja a expensas de una consulta a la Comisión Local de Patrimonio, dicho movimiento de la escultura. En este sentido merece la pena traer a colación, otra vez, las propias palabras de la concejala Paloma García Romero que se mencionan en la información del El Español: "Además, explicó que, una vez resuelto el concurso, la resolución también debía superar el filtro de la Comisión de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, encargado de avalar la idea o de subsanarla con una resolución posterior". Esto va en línea (aunque con matices, puesto que la Comisión de Patrimonio no debía intervenir en esta fase de concurso, sino es una posterior si se optara por ejecutar y desarrollar el proyecto) con lo que nosotros sostenemos: la propuesta no era ilegal. El traslado debía ser evaluado por la Comisión de Patrimonio. No hay razón alguna, por tanto, para considerar que se vulneraron las Bases. El movimiento del monumento a Daoiz y Velarde que se ha movido cinco veces en su historia, se ajusta a las normas urbanísticas y al Plan General y es durante la fase de adjudicación y proyecto donde se tiene que debatir, por la Comisión correspondiente, nunca antes. En los concursos de ideas se dirimen cuestiones de naturaleza creativa y el jurado consideró en primera instancia que era totalmente válido, no solo una sino que dos propuestas lo contemplaran.

* Cuarto: Los tres argumentos anteriores han de llevar al mantenimiento del primer fallo del jurado y a confirmar a nuestra propuesta como la ganadora del concurso. No obstante, si no
se apreciaran, la única opción alternativa sería la de declarar el concurso desierto en su totalidad, puesto que con la solución adoptada ahora, que implica que el primer y el tercer premio quedan vacantes, no se consigue el interés general perseguido por el concurso: que haya una serie de ideas para considerar la remodelación y de la plaza y que haya una propuesta ganadora a la que se le pueda encargar la redacción del proyecto sin necesidad detramitar un procedimiento de licitación abierto nuevo. Al dejar el primer premio desierto, no sería posible adjudicar la redacción del proyecto a ningún estudio sin tramitar ese nuevo procedimiento de adjudicación.