María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

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Hacienda retrasa el pago de determinados impuestos por el temporal de nieve y frío

Concretamente, se pasa al lunes 18 el final del plazo para las autoliquidaciones con ingreso por domiciliación,. 

14 enero, 2021 09:48

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El Ministerio de Hacienda retrasa el pago de impuestos por el temporal. El final de plazo para la presentación de las autoliquidaciones con ingreso por domiciliación, inicialmente previsto para el próximo día 15, se ampliará excepcionalmente hasta las 15,00 horas del lunes 18. 

Esta medida se activará para aquellos contribuyentes que se estén viendo afectados por las condiciones climatológicas de estos días en diversas áreas del territorio nacional.

Así queda recogido en una orden ministerial que se ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) a los efectos de ofrecer una mayor flexibilidad en la operativa tributaria y minimizar las dificultades de presentación que la borrasca atmosférica esté acarreando a los contribuyentes. Entre los beneficiarios se encuentran pymes y grandes empresas, según indica en un comunicado Hacienda. 

Solicitudes

En concreto, la orden está en línea con las solicitudes que han planteado los profesionales tributarios al departamento.

Se establece que los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática con domiciliación del pago sean hasta el 15 de enero próximo, se amplían excepcionalmente hasta las 15,00 horas del lunes 18 de enero. Siempre para los supuestos en que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca.

Lo que no cambia es el plazo general para las presentaciones sin domiciliación. Mantiene como límite el 20 de enero, de manera que esa será también la fecha del adeudo en cuenta del importe domiciliado.

Se mantienen, igualmente, las fechas previstas para las declaraciones con final del plazo el 30 de enero (25 de enero, si es con domiciliación del pago), en el caso de las trimestrales de IVA.