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Mis finanzas

Las apuestas online tributan a partir de 1.000 euros y se pueden descontar las pérdidas

¿Has tenido mala suerte con tus apuestas online? El IRPF permite deducir esas pérdidas de ganancias futuras, en caso de que te cambie la suerte si juegas al póker, haces apuestas deportivas, etcétera.

5 julio, 2017 10:47

El juego online tiene una fiscalidad distinta a la de los premios obtenidos en el juego tradicional, Lotería de Navidad, ONCE, primitivas¿

Una de estas peculiaridades consiste en que desde 2012, fecha en la que se modificó el Impuesto en este aspecto, la Ley permite deducir las pérdidas del juego. La única limitación es que las pérdidas (que se van a deducir) no pueden superar las ganancias obtenidas. Es decir, que el importe resultante tras deducir las pérdidas en ningún caso podrá resultar negativo ni desgravarse o deducirse de otros rendimientos obtenidos.

Cada vez hay más páginas web y casas de apuestas que operan a través de internet. Poker, apuestas deportivas, casinos online, etcétera¿ La ley reguladora del IRPF, según un documento de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), califica como ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que la Ley las califique como rendimientos.

Pues bien, los premios obtenidos en casinos, apuestas, póker, o cualquier otro tipo de juego de azar tributan, ya se hayan obtenido de la forma tradicional o a través del juego on line.

Los ingresos derivados de estas apuestas deportivas, partidas de póker, etc., son ganancias patrimoniales que no derivan de una transmisión, por lo que se deberán incluir en la Base Imponible general del Impuesto, junto a otros ingresos obtenidos en el ejercicio, como el salario o rendimientos de la actividad y tributar por ello al tipo general de gravamen (tipo progresivo que oscila entre el 19 y el 45%, teniendo en cuenta que podrá variar según la Comunidad Autónoma en la que se resida).

En relación con el juego on line, es habitual que las diferentes casas de apuestas ofrezcan bonos gratis o promociones que no requieren depósito, generalmente estas fórmulas se usan para atraer o fidelizar jugadores. Es importante tener presente que, desde el punto de vista fiscal, el importe del bono o promoción se considera una ganancia, y como tal deberá ser declarado.

 Ahora bien ¿tributa el importe total del premio obtenido o puedo deducir las pérdidas? Desde el año 2012, fecha en la que se modificó el Impuesto en este aspecto, la Ley permite deducir las pérdidas del juego, eso sí, no la totalidad de las pérdidas sino únicamente hasta el importe de las ganancias obtenidas. Es decir, que el importe resultante tras deducir las pérdidas en ningún caso podrá resultar negativo ni desgravarse o deducirse de otros rendimientos obtenidos, según la AEDAF.

Ejemplo 1

Supongamos que durante el ejercicio hemos realizado apuestas deportivas online por importe total de 5.000 euros y hemos ganado un importe total de 9.000 euros. Se deberá tributar por la ganancia neta obtenida, es decir, 4.000 euros, una vez deducida la cantidad total apostada.

Ejemplo 2

Supongamos ahora que hemos jugado 4 partidas de póker online. En la primera hemos perdido 3.000 euros, en la segunda hemos ganado 4.000, en la tercera hemos ganado 1.000 y en la cuarta hemos perdido 7.000 euros. El importe neto total será de -5.000 euros, es decir, en cómputo global hemos obtenido pérdidas, por lo que no tendremos que tributar pero tampoco podremos deducirlas de otros rendimientos.

 

CÓMO DEDUCIR LAS PÉRDIDAS

Para poder deducirse las pérdidas, la Ley exige acreditación de las mismas, por lo que debemos conservar cualquier justificante o medio de prueba que pueda acreditar ante Hacienda las pérdidas obtenidas, señala la AEDAF. La cuestión de la prueba puede resultar un problema cuando se trata de apuestas en locales físicos, pérdidas en casinos, bingos, etc¿ dado que se pueden conservar los justificantes pero no demuestran que sean nuestros, ya que no suelen ser nominativos, no es habitual que pidan identificación al jugador y lo más común es que hayamos pagado con dinero en efectivo.

En el juego on line puede resultar más fácil probarlo ya que los pagos se hacen con tarjeta de crédito y queda registrado el histórico en la página web en la que hemos jugado.

En relación con lo anterior, hay que tener cuidado con jugar con varios perfiles, nombres, seudónimos, e incluso con utilizar tarjetas de crédito de terceros ¿como por ejemplo la tarjeta de crédito del cónyuge o pareja- ya que en este caso la ganancia o perdida podrá ser imputada a personas diferentes. Esta compensación de ganancias y pérdidas se podrá realizar siempre que se trate de ganancias y pérdidas de la misma naturaleza, con independencia del medio a través del que se obtengan.

Esto quiere decir que si he realizado apuestas en diferentes páginas web, ganando en unas y perdiendo en otras, por ejemplo, solo debo tributar por el saldo neto. Lo mismo sucede si he apostado durante el ejercicio tanto en casas de apuestas on line como en locales 

 

Todos aquellos jugadores que participen en apuestas o en juegos online y obtengan unos beneficios netos mayores a 1.000 euros estarán obligados a hacer la Declaración de la Renta.

NO hay que confundir la tributación de estas ganancias obtenidas en el juego con los premios de loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la ONCE. Estos últimos son los premios que tradicionalmente se habían considerado exentos y que pasaron a tributar ¿aunque con una exención de 2.500 euros-, en el IRPF pero sometidos al Gravamen Especial sobre premios de loterías y apuestas del 20%.

 

¿QUIÉN JUEGA Y A QUÉ SE JUEGA EN ESPAÑA?

El informe Percepción social sobre el juego de azar en España 2017, elaborado por la Fundación CODERE y la Universidad Carlos III, indica que en España casi el 82% de la población adulta juega. La Lotería de Navidad es la preferida, ya que el 76% de los ciudadanos compra o le regalan algún número, le sigue la Lotería del Niño (47,5), loterías primitivas (37,2%), la ONCE (19,3%). El estudio, presentado por el profesor José Antonio Gómez Yáñez, de la Universidad Carlos III, refleja también que el porcentaje de no jugadores en nuestro país permanece estable entre el 16% y 18% de la población.

El juego online es el que registra un mayor incremento a lo largo de 2016, hasta cuantificar en 1,6 millones las personas que accedieron a alguna web de juego on line. De ellos, los considerados jugadores estables o habituales no pasan del 10%, unos 170.000. En el juego por internet son las apuestas deportivas las que más han aumentado en detrimento del juego del póker.