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Portugal va a recurrir la decisión sobre los "swap" del Santander Totta

Portugal va a recurrir la decisión conocida hoy del Tribunal Comercial de Londres, que rechazó un recurso del Estado portugués contra la obligación de cuatro empresas públicas lusas a indemnizar al banco Santander Totta por suspender de forma unilateral contratos de derivados financieros "swap".

13 diciembre, 2016 20:22

En un comunicado, el Ministerio de Finanzas luso señaló que "se va a interponer un recurso a la decisión, dentro del plazo legalmente previsto (hasta el 10 de enero de 2017)" ante el Tribunal Supremo del Reino Unido.

Las cuatro empresas afectadas "harán uso de todos los medios jurídicos a su disposición" para recorrer la decisión conocida hoy.

El caso de los "swap" enfrenta al Santander Totta y a las empresas Metro de Oporto, Metro de Lisboa, Carris (autobús y tranvía de Lisboa) y STCP (autobús y tranvía de Oporto) debido a la legalidad de nueve contratos "swap" suscritos entre 2005 y 2007.

Las enormes pérdidas sufridas por el Estado luso derivadas de estos contratos -cercanas a 3.000 millones de euros- y el fracaso de las negociaciones con el Santander Totta llevaron a las cuatro empresas a suspender los pagos asociados a estos contratos en 2013, por lo que la entidad decidió llevar el caso a los tribunales.

El pasado 4 de marzo, el tribunal londinense decidió dar la razón al Santander Totta al entender que el banco aconsejó debidamente a las empresas públicas en el momento de la celebración de los contratos, una decisión que podría suponer un desembolso de hasta 1.800 millones de euros para el Estado luso.

Alrededor de diez días después, el Ministerio de Finanzas luso aseguró que recurriría porque, afirmó, el tribunal había reconocido que, en base a la legislación lusa, siete de los nueve contratos deberían haber sido modificados o suspensos, pero que el Totta "logró persuadir al juez inglés de que el derecho portugués no era aplicable".

Los llamados contratos de permuta financiera o "swap" son utilizados habitualmente para proteger a la firma que ha solicitado un crédito a un tipo de interés variable de una posible subida del Euríbor.

Algunas de las empresas públicas lusas que apostaron por esta clase de operaciones suscribieron contratos complejos en los que la penalización dependía de la evolución del precio del petróleo o la cotización del dólar, lo que disparó su perjuicio económico.