Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV, durante su intervención en el curso de la Apie.

Rodrigo Buenaventura, presidente de la CNMV, durante su intervención en el curso de la Apie. Apie Apie Santander

Mercados

La CNMV plantea prohibir la publicidad y restringir la comercialización de CFD para proteger a los inversores

Estas medidas serán adicionales a las establecidas en 2019 sobre la comercialización, distribución y venta de estos instrumentos financieros.

28 noviembre, 2022 12:02

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha planteado este lunes la prohibición de la publicidad sobre los polémicos contratos por diferencias, los conocidos como CFD (sus siglas en inglés), así como la restricción de su comercialización. Las medidas, que tienen como objetivo proteger a los inversores minoristas, son ahora sometidas a consulta pública.

La iniciativa, prevista en el plan de actuación de la CNMV de 2022, contempla medidas que buscan una mayor protección del inversor y serán adicionales a las ya establecidas en 2019 por el regulador sobre la comercialización, distribución y venta de estos instrumentos financieros. Los interesados en enviar sus comentarios tienen hasta el próximo 31 de enero para hacerlo.

El regulador recuerda que “los CFD son productos complejos y de elevado riesgo y, por tanto, no adecuados con carácter general para inversores minoristas, como ha señalado entre otros el supervisor europeo de los mercados de valores (ESMA por sus siglas en inglés)”.

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La CNMV considera que "las medidas adoptadas hasta la fecha no han sido lo suficientemente eficaces para proteger a los inversores minoristas españoles". En este escenario aconseja adoptar medidas de mayor alcance sobre estos productos, como ya sucede en otras jurisdicciones (Francia, Bélgica, Holanda o Alemania, entre otros, si bien de tipo y alcance distinto entre sí)”.

De esta forma, el regulador ha planteado “la prohibición de la publicidad a minoristas sobre estos instrumentos, así como la prohibición adicional del patrocinio y publicidad de marca de aquellas entidades cuya actividad fundamental sea su distribución”.

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Además, la CNMV ha señalado “otras restricciones a las remuneraciones a la red comercial y otras técnicas de venta que fomentan la distribución de estos productos entre inversores minoristas, medidas que también han adoptado anteriormente otras jurisdicciones europeas”.

En los últimos años, la CNMV han identificado numerosas prácticas inadecuadas en la comercialización de estos instrumentos. Entre ellas, pone el foco en una “actividad publicitaria muy agresiva y difundida de manera masiva destinada al público en general a través de internet y redes sociales con imágenes y mensajes que dan la impresión engañosa de que se trata de productos adecuados para cualquier inversor”.

Otros derivados

Con frecuencia esta publicidad va seguida de contactos directos e insistentes con posibles clientes “con un contenido igualmente engañoso donde la evaluación de la conveniencia del instrumento para el inversor suele retrasarse al momento justo anterior a comenzar, y en general se observan deficiencias en cuanto al cumplimiento de las obligaciones en materia de gobernanza de productos”, añade.

Por ello, el regulador también contempla “la posibilidad de extender algunas de las medidas vigentes a otros derivados además de a los CFD, así como, en el caso de que, las medidas citadas se estimaran insuficientes, establecer una prohibición directa de la operativa OTC con CFD a través de plataformas electrónicas, que no se extendería a instrumentos negociados en centros de negociación”.

"Eficacia limitada"

La CNMV ha reconocido que “las medidas establecidas en 2019, actualmente vigentes, supusieron una reducción inicial en la contratación por parte de inversores minoristas en CFD", pero considera que "han tenido una eficacia limitada en cuanto a la protección del inversor”.

En cualquier caso, como resultado de las actuaciones de supervisión de la CNMV, hasta la fecha 12 entidades extranjeras que prestaban servicios sobre CFD sin presencia física en España han comunicado que cesan su actividad en el país.

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Asimismo, dos entidades con establecimiento mediante agente o sucursal han acordado su cierre y el consiguiente cese en la comercialización de sus servicios en España a inversores minoristas sobre estos instrumentos.

Pese a las actuaciones llevadas a cabo por CNMV, de acuerdo con la información disponible en las páginas web de los distribuidores de estos instrumentos, un elevado porcentaje de los inversores minoristas, aproximadamente un 75%, sigue aun sufriendo pérdidas en sus inversiones en este instrumento.