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Mercados

«La nueva regulación sobre los CFD acelerará las fusiones y adquisiciones en el sector»

Gustavo Martínez, director de Ventas y Análisis para España, Portugal e Italia de XTB, opina que "muchas empresas no aguantarán y es posible que quiebren" ante la nueva normativa europea.

24 junio, 2018 04:00

Por Maite Nieva

La prohibición de comercializar operaciones binarias entre inversores minoristas así como la limitación de la venta de contratos por diferencia (CFD) a partir del 2 de julio impuesta por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA), la 'CNMV europea', "va a acelerar un proceso de fusiones y adquisiciones en favor de los brókeres que cuenten con una amplia oferta de inversión y con una sólida diversificación", según Gustavo Martínez, director de Ventas y Análisis de XTB.

Pregunta: La CNMV prohibirá la comercialización de las opciones binarias a los inversores minoristas a partir del próximo 2 de julio y limitará la venta de CFD desde el 1 de agosto, tal como establecen los cambios normativos de la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA). ¿Cómo afecta a los inversores que operan en estos mercados?

Respuesta: Estas medidas están pensadas para  proteger al inversor minorista limitando su actuación a un apalancamiento mucho menor del actual. Si desea continuar con el actual apalancamiento, el inversor debe darse de alta como profesional. La normativa prohíbe la comercialización, distribución y venta de opciones binarias a los inversores minoristas, ya que están asociadas a muchos productos complejos y opacos o poco transparentes. En el caso de derivados o contratos por diferencia (CFD), se limita el apalancamiento de los inversores y las operaciones requerirán mayores niveles de depósito de fondos para mantener la misma exposición al mercado. Básicamente se incrementan las garantías de los inversores.

Igualmente introduce la obligación de cerrar posiciones en las cuentas en caso de consumo de garantías. Esto es lo que se conoce como protección de balance negativo e impide al inversor poder perder más dinero del inicialmente depositado. Además, unifica el porcentaje  de cierre obligatorio de garantías al 50%, el denominado 'margin call', por el cual una operación es cerrada automáticamente como medida de protección. Hasta ahora era el bróker quien decidía este porcentaje y con ESMA ya queda predefinido en un 50% de la garantía.

P.: ¿A qué sociedades afectan más estas medidas?

R.: La medida afecta a los principales grupos de divisas, puesto que limita el apalancamiento hasta 30:1 máximo para los principales cruces. Hasta ahora eran normales apalancamientos en los principales cruces de 1:100 y 1:200 hasta un máximo de 1:400, en algunos casos y en algunos brókeres. También se introduce un límite máximo de 20:1 para otros pares de divisas menos líquidos (los denominados minors), el oro y los principales índices mundiales (SP500, Dax, Xetra, FTSE100, Cac 40), un apalancamiento de 10:1 para otros índices  y materias primas, el  5:1 para otros instrumentos no especificados y para acciones, y el 2:1 para CFD  sobre criptomonedas. ESMA también establece un mecanismo de protección frente a saldos negativos así como reglas para impedir el uso de incentivos por parte de los proveedores de CFD.

El regulador quiere que el cliente tenga toda la información. Además de advertir al cliente sobre el riesgo de estos productos y el porcentaje de pérdidas en las cuentas minoristas, cada bróker o Agencia de Valores que haga publicidad sobre CFD va a tener que informar sobre cuántos clientes han obtenido pérdidas en el último año.

P.: ¿Cómo afectan estas medidas al mercado de divisas?

R.: En el Mercado Forex (por sus siglas Foreing Exchange) va a tener un impacto claramente negativo porque muchas operaciones de cobertura no van a poder realizarse con la misma eficacia que antes. Muchos seguros de cambio sobre productos que se exportan o importan se cubren con productos derivados, altamente apalancados, lo cual va a producir que muchas de estas coberturas dejen de realizarse. Por el lado del cliente 'retail', el riesgo que va a tomar se reduce significativamente, con lo que muchos de ellos tendrán pérdidas menores.

P.: ¿Qué impacto van a tener estas medidas en el mercado español, tanto desde el punto de vista del inversor como de las empresas?

R.: A corto plazo, el mercado espera una disminución significativa de los volúmenes de contratación. Muchas empresas no aguantarán y es posible que quiebren. Sobrevivirán las empresas que tengan músculo financiero y margen de maniobra amplio y que aprovechen esta medida como algo positivo para poder atraer un nicho de mercado más conservador. Nosotros hemos visto con buenos ojos estas medidas y hemos optado por diversificar la oferta de productos. XTB ha ampliado su oferta de Instrumentos financieros introduciendo Acciones al Contado sobre 16 mercados bursátiles y Fondos Cotizados (ETF).

Estas regulaciones equilibran las reglas del juego para los brókeres con sede en la UE y  obligan a que todos cumplan la misma normativa. No obstante, también suponen una imposición para el inversor. La cuestión es que, para que un cliente pueda operar como profesional y, por tanto, no tener limitado el apalancamiento, tiene que cumplir con una serie de requisitos que le condicionan. Entre otros, disponer de medio millón de euros en activos financieros líquidos (no valen activos reales ni inversión privada), haber realizado un mínimo de 10 operaciones por trimestre durante el último año (es decir, cuatro trimestres consecutivos) sobre cualquier activo financiero (compra-venta de acciones, contratación de depósitos¿) y además haber trabajado en los mercados financieros un tiempo mínimo de un año. El regulador europeo requiere que al menos se cumplan dos de estas condiciones.

Aunque somos conscientes de que se han dado casos de 'mala praxis' en algunos brókeres, estos cambios pueden ser demasiado estrictos y creo que el exceso de normas regulatorias en ocasiones puede ir en contra del libre mercado. De hecho, muchos inversores pueden decidir abandonar la jurisdicción de la UE en busca de mejores condiciones de 'trading'. Eso sí' corriendo el riesgo de operar con un bróker no regulado por la CNMV. En este sentido, estas medidas podrían desviar una parte de los fondos a otros mercados no regulados. Algunos inversores, bajo su consentimiento, podrían­ quedarse sin ninguna protección.

P.: ¿Cree que van a acelerar una mayor concentración del sector?

R.: Las regulaciones de ESMA pueden acelerar un proceso de fusiones y adquisiciones en favor de los brókeres que cuenten con una amplia oferta de inversión y con una sólida diversificación.

El sector se aproxima al mayor proceso de cambio posiblemente de la historia, en el que únicamente los brókeres cuya diversificación geográfica, amplia oferta de productos y 100% centrados en el cliente, saldrán plenamente reforzados. Desde XTB España, entendemos este nuevo marco normativo como un entorno de oportunidades y tiene metas muy ambiciosas en este sentido. XTB no sólo sigue convencida de la viabilidad del negocio a largo plazo, sino de una consolidación a escala europea, así como una ganancia de cuota de mercado.

P.: ¿Es significativo el volumen de negocio que se mueve en España?

R.: En España el mercado de opciones binarias es marginal, ya que muchos brókeres regulados prefieren no ofertar el producto  por su escaso conocimiento entre el inversor, pero el de CFD es más grande. ESMA reconoció que de las aproximadamente 30.000 respuestas que recibió en su ronda de consultas, la mayor parte de esta cantidad provino de clientes particulares. Esto sugiere que los cambios no son bien recibidos por las comunidades de 'trading', y que van en contra de sus intereses. Por otra parte, un estudio realizado por el portal de internet Comparic, muestra que más del 90% de los operadores se oponen a estas limitaciones tan severas.

P.: ¿Cuál es la ventaja de quedarse en Europa?

R.: Los inversores siempre deben priorizar su seguridad, aunque operar CFD con un bróker con sede en Europa requiera un mayor depósito. Los brókeres no regulados que ofrecen sus servicios en Europa desde fuera de la UE pueden suponer un riesgo importante y, aunque a priori ofrezcan lo que uno quiere, a la larga puede costar caro. Aunque algunos ofrecen condiciones de negociación potencialmente atractivas y carentes de regulación ponen en riesgo el capital de los inversores. No olvidemos que no tienen que responder ante un regulador o el regulador es muy light, que para el caso es lo mismo.

Muchas de esas compañías emplean técnicas de marketing y ventas agresivas, ofreciendo una visión de ganancias rápidas y alentando a sus clientes a asumir riesgos excesivos.  Por ello es conveniente desconfiar de todo tipo de discursos en esta dirección prometiendo rentabilidades excesivas y sin sentido. La fórmula del dinero fácil no existe. Además, incluso si tiene una licencia, la gran distancia y las diferencias en la regulación y supervisión pueden hacer que sea imposible ejercitar los derechos del cliente. Ninguna jurisdicción fuera de la UE otorga protección de balance negativo, con lo cual puede acabar debiendo más dinero del que inicialmente depositó. Todo esto el cliente lo elimina bajo el paraguas regulatorio de ESMA y CNMV.