
Carlos Cuerpo, ministro de Economía, Comercio y Empresa; Cani Fernández, presidenta de la CNMC, y Óscar López, ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Moncloa prevé que 339 medios estén en el registro de la CNMC y multará con hasta 200.000 euros por vulnerar la normativa
El nuevo registro de medios será público y en él deberán inscribirse tanto medios audiovisuales, como prensa escrita y digital.
Más información: Competencia sancionará a los medios que no declaren su propiedad y la publicidad institucional que reciben
El Gobierno calcula que hasta 339 cabeceras deberán apuntarse en el nuevo registro de medios de comunicación que gestionará la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Una inscripción que conlleva aparejada una serie de obligaciones de transparencia para estas compañías y que contempla multas de hasta 200.000 euros para aquellas empresas que no cumplan con la normativa.
Así se recoge en el Anteproyecto de Ley de gobernanza democrática en servicios digitales y medios de comunicación que fue aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 25 de febrero y que el Ministerio para la Transformación Digital y de Función Pública acaba de sacar a consulta pública.
En la memoria del análisis de impacto normativo del texto, que transpone al ordenamiento jurídico español el Reglamento Europeo de Libertad de los Medios de Comunicación (EMFA por sus siglas inglés), el Gobierno cifra en un máximo de 339 el número de cabeceras que estarían obligadas a inscribirse en el nuevo registro.
Esta cifra incluye, por un lado, las 139 televisiones y radios que ya están inscritas en el registro estatal de prestadores de servicios de comunicación audiovisual. Además, conforme a los datos del Estudio General de Medios (EGM), prevé la inscripción de 30 prestadores del servicio de prensa escrita.
Asimismo, el Ministerio dirigido por Óscar López estima en un máximo de 170 el número de medios de prensa digitales que cumplirían actualmente con los requisitos para estar inscritos en el registro de la CNMC, descontando las cabeceras que ya tienen versión en papel.

La sede de la CNMC en imagen de archivo EUROPA PRESS
Sobre dicho registro, el anteproyecto establece que los medios deberán inscribir y mantener actualizada la información exigida por la normativa europea y que incluye, entre otros datos, su estructura de propiedad o los ingresos que obtienen de la publicidad institucional. Además, determina que dichas inscripciones serán públicas y la información será de libre acceso para su consulta por cualquier persona.
Asimismo, indica que se deberá articular un mecanismo que asegure la cooperación entre el registro estatal que dependerá de la CNMC y los registros autonómicos que gestionarán las CCAA y que facilite el acceso por medios electrónicos al conjunto de datos que tengan ambos.
Multas
Por otro lado, el anteproyecto también detalla el régimen sancionador de los servicios de medios de comunicación, que afectará tanto a las cabeceras estatales como a los proveedores de sistemas de medición de la audiencia.
Hay que recordar que el reglamento europeo señala que los medios deben tener acceso a información "exacta, detallada, exhaustiva, inteligible y actualizada" sobre la metodología utilizada por dichos sistemas y a los resultados de las mediciones, así como que la metodología empleada debe ser objeto de auditoría independiente.
Para los servicios de comunicación audiovisual televisivos, radiofónicos y sonoros a petición, el anteproyecto mantiene las sanciones que ya se recogían en la Ley de Comunicación Audiovisual aprobada en 2022. En el caso de la prensa escrita y digital, se establece una multa de hasta 200.000 euros en el caso de infracción muy grave.
El texto indica que se considerará infracción "muy grave" el incumplimiento o contravención de lo establecido en una resolución adoptada en aplicación de esta ley "en materia de evaluación y autorización en el mercado de medios de comunicación".
Para las sanciones graves, la multa será de hasta 100.000 euros. Dentro de esta categoría se incluye el incumplimiento de la obligación de hacer accesible y mantener actualizada la información exigida, no responder a los requerimientos de las autoridades competentes o ejecutar una operación de concentración sin notificarla a la CNMC cuando se cumplan los criterios para ello.
Las multas por infracciones leves, que corresponden al incumplimiento del resto de los deberes y las obligaciones incluidos en la ley, ascenderán a un máximo de 50.000 euros.
CNMC
Por otro lado, el anteproyecto de ley también recoge cambios importantes que afectan a la propia CNMC. Así, admite la necesidad de dotar "ampliamente" a la institución presidida por Cani Fernández de los "recursos humanos y financieros necesarios" para que pueda supervisar e investigar de manera efectiva según sus nuevas obligaciones.
De hecho, se modifica la Ley 3/2013 de creación de la CNMC para crear dos nuevas direcciones, una de Servicios Digitales y otra de Medios de Comunicación. Estos se sumarán a las cuatro que ya existen actualmente: Competencia, Energía, Telecomunicaciones y del Sector Audiovisual y Transporte y del Servicio Postal.
El Ministerio estima que la creación de estas dos direcciones supondrá seis nuevos puestos de trabajo, lo que conllevará un coste para la Comisión de 418.339,52 euros. Esto se verá compensado por los ingresos obtenidos por la materialización de las sanciones previstas y que se aplicarán a los presupuestos de los órganos competentes.
Por otro lado, la memoria también indica que la adaptación al ordenamiento jurídico español de la normativa europea sobre medios de comunicación que se realiza en este anteproyecto deberá completarse con la aprobación de otras disposiciones legislativas adicionales.
Concentraciones
En concreto, dichas disposiciones abordarán aspectos como las garantías del secreto profesional de los prestadores de servicios de medios de comunicación, la garantía de independencia de los medios públicos, la asignación de fondos públicos de publicidad estatal y contratos de suministro y de servicios y la evaluación de concentraciones de empresas.
Sobre este último aspecto, el anteproyecto indica que se establecerá un procedimiento que defina los supuestos en los que la operación debe ser notificada y el plazo de evaluación. La CNMC será la encargada de evaluar el impacto que pueda tener una transacción en el pluralismo de los medios y la independencia editorial y podrá autorizarla, prohibirla o imponer compromisos.
La entrada en vigor del anteproyecto se producirá al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Con una excepción, las relativas al sector de los medios de comunicación, que se producirá el 8 de agosto. El objetivo, que coincida con la entrada en vigor del reglamento europeo ESFA.