Imagen de las Cuatro Torres de Madrid.

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Inmobiliario

Palabra de Catastro: Andalucía tiene el mayor número de comercios y Madrid, oficinas

El valor medio de un inmueble urbano alcanza los 60.300 euros en España, según los datos más actualizados de Catastro.

25 febrero, 2020 04:07

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La Dirección General del Catastro ya tiene listas sus estadísticas de 2019. Recién salidos del horno esos números arrojan curiosas conclusiones. El valor catastral de los bienes urbanos que hay en España, y que ya suman los 38,7 millones, asciende a 2,33 billones de euros, una cifra comparable al PIB de Francia. Un año antes, había registrados 38,5 millones de inmuebles valorados en 2,32 billones.

El valor medio de un inmueble urbano ha sido de 60.300 euros en 2019 y el valor catastral medio de una hectárea rústica ascendió a los 1.561 euros.

Este centro directivo disecciona la información en función de múltiples variables. Una de ellas es el uso que dieron las comunidades autónomas a los bienes urbanos de sus territorios.

Comercios, iglesias, fábricas...

Casi la mitad de esos inmuebles se reparten entre Andalucía, Cataluña, Valencia y Madrid, por ese orden. Las regiones de La Rioja, Cantabria y Baleares con las últimas de la tabla.

La región del sur de España acapara 6,7 millones de inmuebles y es líder en siete de las 13 categorías que se dan a los mismos. Andalucía es la comunidad con más bienes de uso comercial, cultural, deportivo, singulares, residenciales y sanitarios.

Cataluña, por su parte, se pone a la cabeza en dos de estas categorías. Es la región que más almacenes y salas de espectáculos tiene.

Castilla y León también es líder en dos usos de esta clasificación. En su territorio hay más edificios religiosos y más industrias que en el resto de CCAA.

Madrid sobresale en oficinas, mientras que Galicia es la que más suelo vacante tiene y Canarias se sube al podio en ocio y hostelería.

Valores casi siempre al alza

El catastral es un valor administrativo fijado de manera objetiva para cada bien inmueble. Para determinarlo se tienen en cuenta parámetros como el valor de mercado, el coste de las construcciones, el suelo, la antigüedad, la localización…

Con carácter general no podrá superar el valor de mercado y se puede actualizar anualmente mediante unos coeficientes que se incluyen en las leyes de Presupuestos Generales del Estado.

Pero también sus actualizaciones son consecuencia de los procedimientos de valoración colectiva de carácter general y que se conocen como los ‘catastrazos’. Estos se inician previa manifestación de interés por el Ayuntamiento correspondiente, al detectarse diferencias sustanciales entre los de mercado y los catastrales.