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Inmobiliario

Reforma del euríbor: diez preguntas para entender el cambio de tu índice hipotecario

  • El cambio en el modo de calcular el euríbor afronta su recta final
  • La transición hacia una metodología híbrida se debería completar este año
24 febrero, 2019 06:00

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Pocos, muy pocos conceptos financieros se cuelan tanto en las economías familiares como el euríbor. Más en concreto, el euríbor a 12 meses, puesto que en España ejerce de referencia para la inmensa mayoría de las hipotecas a tipo variable. Por eso conviene estar al tanto de la importante reforma en la que está inmerso, que afectará a su cálculo... y a su futuro. Diez preguntas ayudan a entender mejor en qué consiste esta reforma y qué efectos puede tener. 

1. ¿Quién está realizando la reforma? 

La entidad encargada de la reforma del euríbor es el Instituto Europeo de Mercados Monetarios (EMMI, por sus siglas en inglés). 

2. ¿Qué está cambiando? 

La metodología con la que se calcula el euríbor. Ahora, el euríbor, en sus distintos plazos, se calcula a partir de los intereses a los que los distintos bancos del panel de referencia están dispuestos a prestar dinero a otros bancos. O lo que es lo mismo, se basa en intenciones y voluntades, no en datos extraídos de operaciones reales.

EMMI intentó en un principio poner en marcha un cálculo del euríbor totalmente basado en transacciones reales del mercado, pero en mayo de 2017 reconoció que “no era viable” por la insuficiencia de las operaciones existentes. Desde entonces trabaja en un modelo híbrido, que se basa lo máximo posible en operaciones reales, pero que, en caso de que no haya suficientes, también usará datos históricos y la opinión de expertos.

Es decir, la reforma no implica que un índice nuevo sustituya al actual euríbor, sino que el objetivo es mantener el actual euríbor con una metodología nueva. 

3. ¿Por qué se lanzó esta reforma? 

Porque el euríbor, como otros índices de referencia similares, fue manipulado por distintas entidades financieras. Para impedir estas prácticas, las autoridades europeas pusieron en marcha en junio de 2016 el Reglamento (UE) 2016/1011 sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión (BMR). “Los precios fijados en muchos instrumentos financieros y contratos financieros dependen de la exactitud e integridad de los índices de referencia”, recoge el Reglamento para exponer su propósito de reforzar la fiabilidad, transparencia y seguridad de unos índices que resultan fundamentales en el sistema financiero.

4. ¿Por qué es tan importante esta reforma? 

Por el papel protagonista que todos los tramos del euríbor -1 semana, 1 mes, 3 meses, 6 meses y 12 meses- tienen en la arquitectura financiera actual. Las autoridades calculan que el euríbor es la referencia para contratos por valor de 180 billones de euros. Y es así porque es el índice que se incluye en los contratos de distintas operaciones financieras para las compañías, fundamentalmente, y para los hogares. En España, por ejemplo, se estima que el euríbor es la referencia para el 90% de las hipotecas a tipo variable.

5. ¿Hay fecha límite? 

Sí. El Reglamento europeo dispone que los índices de referencia del mercado deben cumplir con los nuevos requisitos normativos a partir del 1 de enero de 2020. Es decir, quedan poco más de 10 meses. 

La intención de EMMI pasa por tener completada la reforma durante 2019 para, durante el año, llevar a cabo, sin solución de continuidad, la transición del actual cálculo a la metodología híbrida. Para ello, eso sí, debe recibir la autorización de la Autoridades de Servicios Financieros y Mercados de Bélgica -la CNMV belga-, que es el organismo supervisor del euríbor, y acreditar la fiabilidad, la exactitud y la inviolabilidad del euríbor híbrido. 

"Lo que está en juego es la supervivencia del euríbor. Si EMMI no saca adelante la reforma, el euríbor desapecerá como referencia para las nuevas operaciones desde 2020"

Este calendario, y la incertidumbre existente por lo poco que queda para llegar a la fecha límite, descansa sobre una premisa fundamental: el euríbor, con el cálculo actual, dejará de servir como índice de referencia en 2020. Es decir, sin una reforma que valide su fiabilidad, dejará de ser aceptado como índice para las nuevas operaciones.

6. ¿Y si no llega a tiempo? 

Si EMMI no llega a tiempo existen distintas opciones. Una, que está en marcha, consiste en que las autoridades europeas amplíen el plazo para dar más tiempo a EMMI. La otra opción consiste en que no se amplíe el plazo, con lo que el euríbor, al no cumplir los requisitos exigidos en el Reglamento, dejaría de ser una referencia válida. O como exponen gráficamente desde un despacho de abogados: "Si EMMI no llega al 1 de enero de 2020 con el nuevo euríbor que resista las exigencias del Reglamento, lo primero que sucede directamente es que las entidades no podrán utilizar un índice que realmente no existe". 

Así es, porque lo que está en juego en la reforma es la supervivencia del índice. ¿Y qué conllevaría su desaparición? Para las nuevas operaciones, las que se realicen desde 2020, que tendrían que buscar un índice que sí sea válido. Y para las antiguas, es decir, para los contratos ya existentes, habría que esperar al pronunciamiento de la CNMV belga, que podría autorizar que el euríbor, con su cálculo actual, siga vigente para evitar un caos monumental, tal como recoge el artículo 51.4 del Reglamento. "Tendrá la opción de permitir que se siga utilizando para evitar situaciones de fuerza mayor y de incumplimiento de contratos", añade ese mismo despacho.  

7. ¿Cómo afecta a la hipoteca? 

Caben dos opciones. Si EMMI llega a tiempo y lanza con fiabilidad su cálculo híbrido, en el transcurso de 2019 el euríbor pasará a estar calculado con la nueva metodología. Y si no llega a tiempo o no recibe los permisos, su hipoteca seguirá vinculada al euríbor con el cálculo actual si el supervisor belga así lo establece. 

Más incierta se presenta la situación en caso de que EMMI no culmine la reforma y el euríbor, por tanto, muera para quienes se hipotequen a partir de 2020. Sin un euríbor al que 'agarrarse', la banca tendrá que buscar un nuevo índice de referencia para las hipotecas que se firmen a partir de enero

8. ¿Hay diferencias entre el cálculo actual y el híbrido? 

Aún es pronto para saberlo, pero EMMI ha dado pistas con la publicación de los datos del ensayo que realizó entre mayo y julio de 2018. Y esta prueba refleja un euríbor más 'nervioso' tanto en las bajadas como en las subidas. 

Con el cálculo actual, la media mensual del euríbor, que es la que se tiene en cuenta en las revisiones hipotecarias, se situó en el -0,188% en mayo, en el -0,181% en junio y en el -0,18% en julio. Con el cálculo híbrido, esas medias fueron del -0,247%, -0,215% y -0,181%, respectivamente. Es decir, fue más lejos en los descensos, puesto que el mínimo histórico del euríbor actual no ha pasado del -0,191%, y ha ido más rápido en las subidas, con casi siete puntos básicos de repunte en tres meses, cuando no subió ni un solo punto básico con la fórmula actual. 

9. ¿Qué queda pendiente? 

Dos pasos. El primero, que EMMI reciba la autorización de la CNMV belga, algo que tiene previsto solicitar en el segundo trimestre de 2019 y que, en principio, no parece un obstáculo relevante.

"EMMI no sacará un nuevo índice si no está razonablemente segura de que cumple con el Reglamento"

Otra cosa es el segundo. Una vez que tenga la autorización, la intención de EMMI es poner en marcha la transición del cálculo desde el modelo actual, basado en los datos del panel de bancos, al nuevo, con la metodología híbrida. Pero para ello el Instituto deberá estar seguro de la fiabilidad del nuevo método, con el objetivo de que cumpla con las exigencias del Reglamento. Si no está seguro, podría repetirse lo ocurrido en 2017: que reconozca que no es viable ejecutar el cambio. "EMMI no sacará un nuevo índice si no está razonablemente segura de que cumple con el Reglamento", confirman desde ese mismo despacho de abogados. 

10. ¿Lo conseguirá? 

Hay dudas. El primer intento, descartado en mayo de 2017, evidenció el reducido volumen de operaciones que existe ahora en el mercado interbancario, con lo que la intención de que la metodología híbrida se base lo máximo posible en transacciones reales puede no verse cumplida, puesto que las operaciones siguen siendo reducidas. Y este es uno de los requisitos en los que más hincapié hace el nuevo Reglamento europeo. Sobre todo, porque en ausencia de operaciones, la fórmula híbrida contempla la posibilidad de apoyar en el juicio de los bancos, una opción con difícil encaje en ese Reglamento.