Sandra Ortega.

Sandra Ortega. E. E.

Banca

Sandra Ortega evita pagar 36 millones de euros a Banca March por el caso Room Mate

Una sentencia desestima íntegramente las pretensiones de Banca March contra Rosp Corunna, pero la recurrirá ante la Audiencia Provincial de Madrid.

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Las claves

Sandra Ortega gana una batalla legal contra Banca March, evitando pagar 36 millones de euros vinculados al caso Room Mate.

Un tribunal de Madrid desestima la demanda de Banca March que reclamaba la validez de cartas de patrocinio supuestamente firmadas por Rosp Corunna.

Se confirma que las firmas en las garantías eran falsas y sin el consentimiento de Sandra Ortega, lo que exime a Rosp Corunna de responsabilidad.

Banca March planea apelar la sentencia ante la Audiencia Provincial, convencida de la validez de las garantías.

Sandra Ortega, hija de Amancio Ortega (fundador de Inditex) y responsable del holding Rosp Corunna, ha ganado una de sus múltiples batallas contra la banca.

En concreto, una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 62 de Madrid desestima íntegramente una demanda interpuesta por Banca March contra Rosp Corunna Participaciones Empresariales relacionada con la validez de cartas de patrocinio que supuestamente garantizaban operaciones de financiación y, en caso de incumplimiento, una indemnización por daños y perjuicios. Todo ello en el marco de la caída de la cadena hotelera Room Mate.

Banca March concedió la financiación cuyo pago ahora reclamaba a Room Mate, y utilizó como garantía las controvertidas cartas de patrocinio supuestamente firmadas por Rosp Corunna.

La demanda de March solicitaba la declaración de validez de esas cartas de patrocinio firmadas en 2018 y 2020, que garantizaban las operaciones de crédito traídas por Room Mate y otras sociedades, y por ello reclamaba al holding de Sandra Ortega la suma necesaria -más de 36 millones de euros- para cubrir los impagos de Room Mate, Tafay 2000 y ErgoCrítico.

Rosp Corunna alegó que dichas cartas eran nulas por falta de consentimiento de su administradora única, Sandra Ortega, y que su firma fue falsificada por el exdirector general, José Leyte Verdejo, lo que se confirmó mediante pruebas periciales caligráficas y testimonios.

El tribunal consideró probada la falta de consentimiento y constató que las firmas eran falsas. Reafirmó que, para la validez de este tipo de negocios, es necesario el consentimiento directo del responsable societario. No se acreditó tampoco responsabilidad subsidiaria en relación con actos de empleados. Asimismo, se señaló la negligencia de Banca March al no verificar la autenticidad de las garantías.

De esta forma, la sentencia desestima íntegramente las pretensiones de Banca March, absuelve a Rosp Corunna de cualquier obligación de pago o indemnización y condena al banco balear al pago de las costas procesales. Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Banca March ya ha indicado que va a recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial porque "estamos plenamente convencidos de la validez de las garantías".