El comisario de Asuntos Económicos, Paolo Gentiloni, durante su rueda de prensa de este martes

El comisario de Asuntos Económicos, Paolo Gentiloni, durante su rueda de prensa de este martes Comisión Europea

Empresas

Bruselas renuncia a su plan para redistribuir los beneficios de las multinacionales entre los países miembros

El Ejecutivo comunitario propone un método de cálculo común para el impuesto de sociedades, pero sin armonizar los tipos.

12 septiembre, 2023 17:40
Bruselas

¿A la tercera va la vencida? La Comisión de Ursula von der Leyen ha presentado este martes una nueva propuesta legislativa que crea un método común en la UE para calcular la base imponible del impuesto de sociedades que deben pagar las multinacionales. La iniciativa, cuyo objetivo es combatir la evasión fiscal, no pretende armonizar el tipo del impuesto, que oscila entre el 9% de Hungría y el 31,5% en Portugal. En España está en el 25%.

El plan original de Bruselas data de 2011, pero naufragó por el veto de los Estados miembros que se benefician de los fallos del sistema vigente, como Irlanda o Luxemburgo, donde gigantes como Apple o Amazon registran todos sus beneficios para rebajar su factura tributaria, en detrimento del resto de países europeos. Un segundo intento en 2016 corrió idéntica suerte. Las leyes sobre impuestos en la UE requieren la unanimidad para ser aprobadas.

Ahora, el Ejecutivo comunitario vuelve a la carga con una versión descafeinada de su plan, en la que renuncia a establecer una fórmula de redistribución de los beneficios imponibles de las compañías entre los Estados miembros basada en la actividad económica real en cada país. En su lugar, Bruselas plantea repartir los beneficios imponibles teniendo en cuenta la media de los últimos tres años, lo que significa que Irlanda o Luxemburgo seguirán acaparándolos.

[La OCDE alcanza un acuerdo final para fijar un tipo mínimo del 15% a las multinacionales]

"Esta reforma, largamente esperada, no logra que las grandes multinacionales de Europa paguen por fin la cuota de impuestos que les corresponde. Les da vía libre para seguir pagando impuestos donde sólo tienen oficinas vacías y desviar sus ganancias a los paraísos fiscales dentro de la UE", ha denunciado la portavoz de Oxfam, Chiara Putaturo.

En sus dos primeros intentos, la Comisión justificó esta iniciativa por la necesidad de intensificar la lucha contra la evasión fiscal. Ahora, el Ejecutivo comunitario ha abandonado este argumento de justicia tributaria: en su lugar, esgrime que la iniciativa reducirá los costes de cumplimiento (hasta un 65%) y facilitará la vida a las multinacionales, al pasar de 27 sistemas tributarios nacionales a un sistema europeo único.

"Ha habido intentos previos en el pasado, pero soy optimista de que esta propuesta tiene muchas más posibilidades de éxito", ha dicho el comisario de Asuntos Económicos, Paolo Gentiloni, en rueda de prensa. ¿Por qué? Porque mientras tanto la OCDE ha alcanzado un acuerdo histórico para obligar a las grandes empresas a pagar un tipo mínimo del 15% en el impuesto de sociedades a partir de 2024

La propuesta de Bruselas sobre la base común del impuesto de sociedades sigue las grandes líneas del acuerdo de la OCDE. Las nuevas reglas serán obligatorias sólo para las aproximadamente 4.000 multinacionales con un volumen de negocios anual de al menos 750 millones de euros que operan en la UE. Para el resto tendrá carácter voluntario.

Las empresas que sean miembros de un mismo grupo calcularán su base imponible de acuerdo con un conjunto de reglas comunes. En un segundo paso, las bases imponibles de todos los miembros del grupo se consolidarán en una única. Finalmente, esta base agregada se redistribuirá teniendo en cuenta el promedio de los resultados imponibles de los tres ejercicios fiscales anteriores.

El Ejecutivo comunitario quiere que estas nuevas reglas entren en vigor el 1 de julio de 2028. En 2031, Bruselas revisará su funcionamiento y se reserva el derecho de presentar en ese momento una auténtica fórmula de reparto de los beneficios imponibles basada en la actividad económica real de la compañía en cada Estado miembro. Pero si no hay acuerdo, se seguirá usando como criterio permanente el promedio de los últimos tres años.