Un edificio avisa de la presencia de alarmas.

Un edificio avisa de la presencia de alarmas. iStock

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El sector de la seguridad privada, contra la prohibición de la venta a puerta fría: se destruirán miles de empleos

El sector alerta de que varias CCAA están planteando prohibir la venta puerta a puerta en una tranposición errónea de la directiva Omnibus.

3 julio, 2022 02:52

La transposición de la directiva Ómnibus por parte de las comunidades autónomas ha hecho saltar las alarmas en el sector de la seguridad privada. La razón es que las primeras propuestas presentadas por varios Gobiernos autonómicos suponen la prohibición de la venta a puerta a fría, una práctica a través de la cual las empresas del sector obtienen más de la mitad de sus contratos. 

Fuentes del sector advierten de que poner fin a esta práctica supone interpretar de forma errónea la directiva europea que deben transponer. En declaraciones a EL ESPAÑOL-Invertia alertan además de que, de aplicarse tal y como están redactadas algunas de las propuestas autonómicas, podrían provocar la destrucción de miles de empleos y la pérdida de millones de euros de inversión.

En España las competencias en el ámbito de consumo están transferidas a las CCAA, por lo que son los Gobiernos autonómicos los encargados de adaptar al ordenamiento español la directiva europea relativa a la mejora de la aplicación y la modernización de las normas de protección de los consumidores, conocida como Directiva Ómnibus.

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Desde el sector inciden en que el problema no está en la directiva en sí misma, sino en su transposición, que está generando precisamente el efecto contrario al que persigue. Con la intención de querer dar un plus de garantías a los consumidores, van a acabar prohibiendo una práctica está bien valorada por los clientes y privando a los consumidores de un canal para acceder a estos servicios, advierten.

Además, recuerdan que la venta a puerta fría es un canal "lícito" para desarrollar un negocio y no se pueden prohibir estas prácticas sin tener en cuenta a los distintos sectores económicos. Para el sector de la seguridad privada es un método de venta fundamental, ya que no distribuyen un producto estándar, sino uno adaptado a las necesidades del hogar de cada cliente.

Instalación de los aparatos de la alarma en un domicilio.

Instalación de los aparatos de la alarma en un domicilio. Securitas Direct

Un ejemplo de que se trata de un medio clave para garantizar un buen desarrollo del negocio de la seguridad privada es que más de la mitad de las ventas de las empresas del sector se obtienen a través de la venta puerta por puerta.

Por ello, advierten de que existen otras soluciones para reforzar la protección de los consumidores sin tener que llegar a la prohibición. Por ejemplo, fortalecer el régimen sancionador, hacer un registro de las personas que realizan las visitas a domicilio o reforzar los sistemas de devolución, que ya son de un mínimo de 30 días, frente a los 14 habituales en otras modalidades de venta. 

Teléfono escacharrado

A una transposición adecuada de la directiva europea tampoco ayuda el hecho de que las competencias de consumo en España están transferidas a las comunidades autónomas, lo que está convirtiendo esta transposición en "una suerte de teléfono escacharrado legislativo autonómico".

Y es cada una de las 17 autonomías está interpretando la directiva en sentidos dispares. Esto está llevando a un escenario en el que lo que está permitido para las empresas en algunas autonomías, está prohibido en otras, generándose así un "escenario de inseguridad jurídica".

Según explican las fuentes, la directiva Ómnibus establece que los estados miembros podrán fijar medidas para evitar abusos y engaños en las visitas no solicitadas, siempre que ello no suponga la prohibición de este tipo de venta.

Sin embargo, en diversas autonomías como Extremadura, Cataluña, Baleares y, más recientemente, País Vasco, tal y como están redactadas sus normas de consumo pueden producir el efecto de prohibir de facto la citada modalidad de venta. En cambio, en otras como Navarra no se hace ninguna mención a prohibir la venta a puerta fría. 

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Desde el sector son conscientes de la dificultad que puede tener para algunas CCAA la transposición de directivas y lamentan que en algunas ocasiones se estén teniendo en cuenta experiencias personales para legislar. De hecho, advierte que, de prohibirse definitivamente la puerta fría, la norma podría acabar en los juzgados

"No podemos entrar a limitar una actividad. Poner más obstáculos a una actividad económica no tiene ningún sentido", alertan. Además, señalan que estas autonomías no parecen tener en cuenta que la venta a domicilio es un sector de actividad que en España genera ingresos significativos y que da empleo a miles de personas.

Impacto negativo

Las fuentes advierten de que, si se aprobaran definitivamente estas legislaciones, podría conllevar la destrucción de miles de empleos y acabar con los millones de euros que estas compañías invierten en marketing y publicidad. Y es que las empresas reconsiderarán sus inversiones si no van a poder convertirlas luego en ventas.

Pero es que además el impacto negativo de la prohibición de esta práctica comercial se va a dejar notar también en las cuentas públicas. Según avisan desde el sector, una menor inversión y la destrucción de empleos se van a traducir en menor recaudación en impuestos y en cuotas a la Seguridad Social.

Fotogramas de cámaras de alarmas.

Fotogramas de cámaras de alarmas. iStock

Por otro lado, las fuentes también remarcan que las visitas a domicilio aportan el "máximo valor" a los consumidores y aseguran que el grado de satisfacción de los clientes de ventas a puerta fría es mayor que el de los que compran en línea o en tienda física. 

En este sentido, también defienden que la venta a puerta fría permite una atención más personalizada y ofrece un valor añadido para los consumidores de mayor edad o que no están habituados a utilizar medios telemáticos. Además, facilita llegar a todos ellos, incluyendo a aquellos que residen en zonas rurales.

Asimismo, apuntan que hay otros canales de venta como el telefónico o el online que reciben un mayor volumen de quejas que la venta puerta a puerta y, sin embargo, no están siendo limitados en forma alguna.

Por este motivo, califican de "absurdo" discriminar un canal de venta porque haya quejas y mandar a los consumidores a canales con muchas más reclamaciones. "Esto es demonizar un canal, que tampoco nos consta que esté generando ni riesgo ni inseguridad", subrayan las fuentes. 

Por otro lado, el sector también advierte de que la ley Ómnibus es solo una muestra de la superregulación que se está registrando en los últimos años en España, especialmente en el ámbito del consumo. Un escenario que, avisan, está generado dificultades a muchas empresas y creando barreras e inseguridad jurídica, "impactando así en la creación de empleo y la recuperación económica post Covid-19".